Ley Nº 29069

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 29069

349716

<$ NORMAS LEGALES

El Peruano

Lima, domingo 22 de julio de 2007

CATEGORIA DEL GASTO

5. Gastos Comentes 2 762 988,00

GRUPO GENÉRICO DEL GASTO

1. Persona! y Obligaciones Sociales 2 762 988,00

TOTAL EGRESOS SI. 2 762 988,00

Artículo 2°.- Procedimientos para la desagregación de los Recursos

2.1 Autorízase a los Titulares de Pliego a aprobar, mediante resolución, la desagregación de los recursos a los que se refiere el artículo Io, al nivel de función, programa, subprograma, actividad, proyecto y grupo genérico de gasto, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el artículo 23°, párrafo 23.2 de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley N° 28411.

2.2 La Oficina de Presupuesto, o la que haga sus veces en el Pliego, instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaría", que se requieran como consecuencia de la modificación presupuestaria autorizada por la presente Ley.

Asimismo, la mencionada Oficina solicitará a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Actividades, Proyectos, Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida.

Artículo 3°.- Destino de los recursos

Los recursos incorporados por la presente Ley están destinados, única y exclusivamente, para atender el pago de las remuneraciones del personal docente, contratado de acuerdo a ley para cubrir la ausencia temporal por Licencias por Maternidad y Licencias por Salud del docente titular en las diversas Unidades Ejecutoras de los Gobiernos Regionales de los departamentos de Ayacucho, Cajamarca y Junín durante los años 2003,2004,2005 y primer trimestre del año 2006, bajo responsabilidad del Director General de Administración o quien haga sus veces.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DISPOSICIÓN FINAL

ÚNICA.- Exceptúase a la presente Ley de lo dispuesto en la Décima Primera Disposición Final de la Ley N° 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, y en la Octava Disposición Final de la Ley N° 28929, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007.

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los veinte días del mes de julio de dos mil siete.

MERCEDES C ABAN ILLAS BUSTAMANTE

Presidenta del Congreso de la República

JOSÉ VEGA ANTONIO

Primer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de julio del año dos mil siete.

ALAN GARCÍA PÉREZ

Presidente Constitucional de la República

JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros

87523-4

LEY N° 29069

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

La Comisión Permanente del Congreso de la República

ha dado la Ley siguiente:

LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE AUTORIZA CRÉDITO SUPLEMENTARIO EN EL PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2007 A FAVOR DEL PLIEGO 016 - MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS

Artículo 1°.- Autorización de Crédito Suplementario

Autorízase un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, hasta por la suma de UN MILLÓN TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (SI. 1 379 952,00) de acuerdo al siguiente detalle:

INGRESOS: (En Nuevos Soles)

FUENTE DE FINANCIAMIENTO: RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CRÉDITO

4.0.0 Financtamiento

4.1.0 Operaciones Oficiales de Crédito

4.1.2 Opa-aciones Oficiales de Crédito Extemo

4.1.2.001 Operaciones Oficiales de Crédito Extemo

BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO - B!D 1 379 952.00

TOTAL INGRESOS

S/. 1 379 952,00

EGRESOS:

(En Nuevos Soles)

SECCIÓN PRIMERA

-

Gobierno Central

PLIEGO

016 :

Ministerio de Energía y Minas

UNIDAD EJECUTORA

001 :

Ministerio de Energía y Minas -Centra!

FUNCIÓN

10 :

Energía y Recursos Minerales

PROGRAMA

048 :

Protección dei Medio Ambiente

SUBPROGRAMA

0130 :

Control de la Contaminación

PROYECTO

2002179 :

Fortalecimiento

Institucional y Apoyo para la Gestión Ambiental y Social del Proyecto Camisea.

CATEGORIA DEL GASTO

6. GASTOS DE CAPITAL

5. Inversiones 1 379 952,00

TOTAL EGRESOS S/. 1 379 952,00

Artículo 2°.- Procedimientos para la aprobación institucional

La Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto, Estadística e Informática del Pliego 016 - Ministerio de Energía y Minas, solicitará a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingreso, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida.

Artículo 3°.- Notas de Modificación Presupuestaria

La Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto, Estadística e Informática



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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