Ley Nº 2903

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Tipo de Norma: Ley

Número: 2903


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 02903

LEY N.° 2903

Subvención á la Municipalidad

de Contumazá

con destino á la pavimentación

de dicha ciudad

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLlcA

i líT

Por cuanto el Congreso ha dado Ia siguiente:

El Conareso de la Revública PerucWa‘

Ha dado la ley siguiente:

Artículo único.—Consígnese en el presupuesto deDartamental de Cajamarca,

¿arante seis años consecutivos, la cantidad de ciento veinte libras peruanas de qXO en cada uno de ellos, que se entreoí irá al Concejo Provincial de Contuma-Já, con destino á la pavimentación de las calles de la ciudad de este nombre.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para

que disponga lo necesario á su cumplimiento.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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