Ley Nº 29007

Visualice o descargue la versión PDF de la ley número 29007

Tipo de Norma: Ley

Número: 29007


Visualización de la norma: Ley 29007



Descargar Ley 29007 en PDF -

documento PDF

 29007

El Peruano

Lima, vierr>es 20 de abril de 2007

$ NORMAS LEGALES

343841

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA

N°29007

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE AUTORIZA AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA A SALIR DEL TERRITORIO NACIONAL ENTRE LOS DÍAS 22

AL 25 DE ABRIL DE 2007

El Congreso de la República, de conformidad con lo prescrito en los artículos 102° inciso 9) y 113o inciso 4) de la Constitución Política del Perú, en el articulo 76° inciso j) del Reglamento del Congreso y en la Ley N° 28344, ha resuelto acceder a la petición formulada por el señor Presidente Constitucional de la República y, en consecuencia, autorizarlo para salir del territorio nacional entre los días 22 al 25 de abril del presente año, con el objeto de realizar una visita de trabajo a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, en atención a una invitación que le hiciera el Presidente George W. Bush, en la que sostendrá una reunión con dicho mandatario y diversos encuentros con altas autoridades del gobierno y congreso estadounidenses, para impulsar la pronta aprobación del Acuerdo de Promoción Comercial con nuestro país y tratar asuntos relevantes de la agenda bilateral y regional.

La presente Resolución Legislativa entra en vigencia el día siguiente de su publicación.

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los diecinueve días del mes de abril de dos mil siete.

MERCEDES CABANILLAS BUSTAMANTE

Presidenta del Congreso de la República

JOSÉ VEGA ANTON 10

Primer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL

DE LA REPÚBLICA

Lima, 19 de abril de 2007.

Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquese

y archívese.

ALAN GARCÍA PÉREZ

Presidente Constitucional de la República

JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ

Presidente del Consejo de Ministros

51564-2

PODER EJECUTIVO

para constituir un fideicomiso por parte de los recursos de la retribución del Contrato de Concesión del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, a fin de destinarlos a los gastos de expropiación de los terrenos adyacentes al Aeropuerto Internacional “Jorge Chávez” y al pago a la empresa Aeropuertos del Perú S.A. por cofinanciamiento, en su calidad de concesionario del contrato de concesión del primer grupo de aeropuertos de provincia;

Que, la presente norma autoriza un Crédito Suplementario de SI. 47 705 000,00 a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones por la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios. Dichos recursos corresponden a la retribución acumulada que viene cancelando Lima Airport Partners S.R.L. en su calidad de concesionaria del contrato de concesión del Aeropuerto Internacional “Jorge Chávez”:

Que, la medida está orientada a que se incorporen mediante el Crédito Suplementario los recursos orientados a financiar las obligaciones derivadas del contrato de concesión del primer grupo de aeropuertos de provincia de la República del Perú, lo cual constituye una acción de carácter económico y financiero y, que, de no dictarse en forma urgente, existe peligro de incumplimiento de las obligaciones pactadas en el referido contrato de concesión, perjudicando ulteriormente el desarrollo, metas y finalidad de las concesiones y generando un impacto adverso a la economía nacional, por lo que es necesario establecer medidas de interés nacional en forma extraordinaria:

En uso de las facultades conferidas por el numeral 19) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú;

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y,

Con cargo a dar cuenta al Congreso de la República;

DECRETA:

Artículo Io.- Objeto

Autorícese un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 hasta por la suma de CUARENTAY SIETE MILLONES SETECIENTOS CINCO MIL NUEVOS SOLES (S/. 47 705,000,00) de acuerdo al siguiente detalle:

(En Nuevos Soles)

INGRESOS

FUENTE DE FINANCIAMIENTO:

RECURSOS ORDINARIOS

TOTAL INGRESOS

47 705 000.00

47 705 000,00

EGRESOS

SECCIÓN

FUEGO

UNIDAD EJECUTORA FUNCIÓN

PROGRAMA

SUBPROGRAMA

ACTIVIDAD

: GOBIERNO CENTRAL

036 : MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES 001 : ADMINISTRACIÓN GENERAL

16 : TRANSPORTE

061 : TRANSPORTE AÉREO

0139 : IN FRAESTRUCTUFÍA AERO PORTUARIA

041603 : CONCESIONES AERO PORTUARIAS

5. GASTOS CORRIENTES

3. BIENES Y SERVICIOS

30 926 000,00

6 GASTOS DE CAPITAL

7. OTROS GASTOS DE CAPITAL

TOTAL EGRESOS

16 779 000.00

47 705 000,00

DECRETOS DE URGENCIA

DECRETO DE URGENCIA N® 012-2007

AUTORIZA CRÉDITO SUPLEMENTARIO EN EL PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2007 Y DICTA OTRAS DISPOSICIONES

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N° 137-2006-EF, se autorizó al Ministerio de Transportes y Comunicaciones

Artículo 2°.- Codificaciones

La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego comprendido en el presente Crédito Suplementario, solicitará a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingreso, Componentes Finalidades de Meta y Unidades de Medida.

Artículo 3°.- Notas de Modificación Presupuestaria

La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 4°.- Transferencia

Autorízase a la Dirección Nacional del Tesoro Público a abonar directamente a la Cuenta Recaudadora del Fideicomiso constituido por el Ministerio de Transportes



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


Este sitio usa imágenes de Depositphotos