Tipo de Norma: Ley
Número: 29002
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 29002El Peruano
Lima, lunes 16 de abril de 2007
343606 ¥ NORMAS LEGALES
distritales de las zonas declaradas en emergencia por los Decretos Supremos núms. 014-2007-PCM y 021-2007-PCM, a utilizar hasta un máximo del cincuenta por ciento (50%) sobre la captación del mes de abril, de los recursos provenientes del canon y sobrecanon y regalía minera, normados por la Ley N° 28258, para ejecutar acciones inmediatas destinadas a la atención de la población afectada, a la reducción y minimización de los riesgos existentes y a la rehabilitación de las zonas afectadas en el marco de los citados Decretos.
1.2 Autorízase, de manera excepcional, a las municipalidades provinciales y distritales de las zonas declaradas en emergencia por los Decretos Supremos núms. 014-2007-PCM y 021-2007-PCM, a utilizar hasta un máximo del veinticinco por ciento (25%) sobre la captación del mes de abril, de los recursos del Fondo de Compensación Municipal para ejecutar acciones inmediatas destinadas a la atención de la población afectada, a la reducción y minimización de los riesgos existentes y a la rehabilitación de las zonas afectadas en el marco de los citados Decretos.
1.3 Las entidades públicas a las que alcanza la presente Ley, no podrán aplicar dicha autorización para el pago de incremento de remuneraciones y/o dietas, o gastos de carácter permanente, bajo responsabilidad.
LEY N° 29002EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
El Congreso de la República ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE AUTORIZA CRÉDITOS SUPLEMENTARIOS EN EL PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2007 Y DICTA OTRASMEDIDASArtículo 1°.- Autoriza Crédito Suplementario para COFOPRI
Autorízase un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, hasta por la suma de TRECE MILLONES TRESCIENTOS VEINTE MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 13 320 000,00) de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS (En nuevos soles)
EGRESOS
SECCIÓN PRIMERA PLIEGO 211
UNIDAD EJECUTORA 001
FUNCIÓN 17 PROGRAMA 058 SUBPROGRAMA 0163 PROYECTO 2.018998
SI. 13 320
Artículo 2°.- Modificación Presupuestal Los gobiernos regionales y las municipalidades provinciales y distritales podrán realizar todas las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático que resulten necesarias para efecto de lo establecido en el artículo Io, prescindiendo de las restricciones o limitaciones que disponga la normatMdad vigente.
Articulo 3°.- Ampliación de la excepción La presente Ley extenderá su vigencia de manera automática si el Poder Ejecutivo decide ampliar el plazo del Estado de Emergencia, declarado por los Decretos Supremos núms. 014-2007-PCM y 021-2007-PCM. De igual manera se extenderá a aquellas zonas nuevas que puedan ser integradas en una nueva ampliación del Estado de Emergencia.
Artículo 4°.- Suspensión de normas Déjanse en suspenso las normas legales que se opongan a la presente Ley.
DISPOSICIÓN FINAL Y TRANSITORIA
ÚNICA.- El Poder Ejecutivo preverá los fondos de contingencia para financiar las acciones y proyectos de rehabilitación en las zonas declaradas en emergencia a que se refieren los Decretos Supremos núms. 014-2007-PCM y 021-2007-PCM.
Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los trece días del mes de abril de dos mil siete.
MERCEDES CABANILLAS BUSTAMANTE Presidenta del Congreso de la República
FABIOLA MORALES CASTILLO Segunda Vicepresidenta del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 3: Recursos por Operaciones Oficíales de Crédito
4.00 FINANCIAMIENTO
4.10 Operaciones Oficiales de Crédito
4.1.2 Operaciones Oficiales de Crédito Externo
4.1.2.002 Operaciones Oficiales de Crédito - Banco Mundial 13 320 000,00
TOTAL INGRESOS SI. 13 320 000,00
(En nuevos soles)
Gobierno Central
Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI
Organismo de Formalizadón de la Propiedad
Informal - COFOPRI
Vivienda y Desarrollo Urbano
Desarrollo Urbano
Planeamiento Urbano
Consolidación de los Derechos de Propiedad Inmueble
CATEGORÍA DE GASTO
6. GASTOS DE CAPITAL
5 Inversiones 13 320 000,00
TOTAL EGRESOS
Exonérase a la presente ampliación presupuestaria de la Décima Primera Disposición Final de la Ley N° 28927, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007.
Artículo 2°.- Autoriza Crédito Suplementario para Comisarías, Hospitales e Institutos de Salud
Autorízase un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, hasta por la suma de CINCO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (SI. 5 000 000,00), cuyo financiamiento proviene del Pliego 028 Congreso de la República, de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS (En Nuevos Soles)
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la ciudad de Chiclayo, a los quince días del mes de abril del año dos mil siete.
FUENTE DE FINANCIAMIENTO:
00 RECURSOS ORDINARIOS 5 000 000.00
(AHORRO DEL PLIEGO 028 CONGRESO DE LA REPÚBLICA)
TOTAL INGRESOSS/. 5 000 000,00
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros
49285-2
EGRESOS (En Nuevos Soles)
SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL
PLIEGO 007 : Ministerio del Interior
UNIDAD EJECUTORA 002 : Dirección de Economía y Finanzas de la Policía
Nacional del Perú - PNP
FUNCION
007
PROGRAMA
022
SUBPROGRAMA
0062
ACTIVIDAD
000497
: Defensa y Seguridad Nacional : Orden Interno : Operaciones Policiales : Vigilancia Policial de Naturaleza Civil -- Comisaría de la Capital de la Provincia
30 000,00 30 000,00
30 000,00
UNIDAD EJECUTORA 009 FUNCIÓN 007
PROGRAMA 022
SUBPROGRAMA 0062 ACTIVIDAD 000497
UNIDAD EJECUTORA 019
FUNCIÓN 007
PROGRAMA 022
SUBPROGRAMA 0081
ACTIVIDAD 000232
de Calca - Cuzco
- Comisaría de Jaén
- Comisaría PNP Iquitos. Provincia de Maynas. Departamento de Loreto
- Comisaría Sectorial de Sullana Provincia de Sullana. Departamento de Piura
: Vil Dirección Territorial de Policía Lima : Defensa y Seguridad Nacional : Orden Interno : Operaciones Policiales : Vigilancia Policial de Naturaleza Civil Comisarías que se detallan en el Anexo N° 1 que forma parte de la presente Ley : Dirección de Instrucción y Doctrina : Defensa y Seguridad Nacional : Orden Interno
: Capacitación, Entrenamiento y Perfeccionamiento de los Recursos Humanos : Enseñanza Profesional y Específica Militar y Policial
- Escuela Regional de Suboficiales de la
PNP de Huancavelica 30 000.00
28 000,00
3 822 000.00
UNIDAD EJECUTORA 022 : XI Dirección Territorial de Policía
- Arequipa
FUNCIÓN 007 : Defensa y Seguridad Nacional
PROGRAMA 022 : Orden Interno
SUB PROGRAMA 0062 : Operaciones Policiales
ACTIVIDAD 000497 : Vigilancia Policial de Naturaleza Civil
Comisaría José Luis Bustamante y Rivera, Arequipa
30 000,00
UNIDAD EJECUTORA 027 : Hospital Nacional Arzobispo Loayza
Proyecto Banco de Tejidos y Órganos
UNIDAD EJECUTORA 043 : Red de Salud San Juan de
Lurigancho
SUB TOTAL PLIEGO 011
PLIEGO 136 : Instituto Nacional de Enfermedades
Neoplásicas- INEN
UNIDAD EJECUTORA 001 : Instituto Nacional de Enfermedades
Neoplásicas - INEN (Hospital)
SUB TOTAL PLIEGO 136
100 000,00
SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS PLIEGO 448 : Gobierno Regional del Departamento de
Huánuco
UNIDAD EJECUTORA 402 : Hospital de Huánuco Hermilio
Valdizán
SUB TOTAL PLIEGO 448
150
PLIEGO 457 : Gobierno Regional del Departamento de Piura
UNIDAD EJECUTORA 405 : Hospital de Apoyo Nuestra Señora
de las Mercedes de Paita 200 000,00
SUB TOTAL PLIEGO 457
TOTAL EGRESOS SI.
200
5 000 000,00
SUB TOTAL PLIEGO 007
4 000 000,00
PLIEGO 011 : Ministerio de Salud
UNIDAD EJECUTORA 008 : Instituto Nacional de Oftalmología 100 000,00
Los ingresos que sustentan el presente Crédito Suplementario provienen de las anulaciones de los compromisos y devengados al 31 de diciembre de 2006 del Pliego 028 Congreso de la República, producto de las medidas de austeridad y racionalidad en el gasto público. El presente artículo queda exceptuado de lo dispuesto en la Décima Primera Disposición Final de la Ley N° 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
1*;
V PROGRAMA DE
GOBERNABILIDADY GERENCIA POLITICAMAESTRÍA EN CIENCIA POLÍTICADIRIGIDO A
Ciudadanos y ciudadanas residentes en el Perú para quienes los temas de gobernabilidad y gestión pública sean necesarios para sus labores en entidades del gobierno local, regional y central, o en organizaciones empresariales y sociales.
2007: Lima, Arequipa, Cusco, Huancayo, Trujillo.
INSCRIPCIONES: Postulación vía web: http://www.pucp.edu.pe/escgrad/cpolitica/gobemabilidad Del lunes 16 de abril al martes 8 de mayo de 2007. Publicación de participantes aceptados: 14 de mayo de 2007.
DURACIÓN: Del 9 de junio al 15 de diciembre de 2007.
INFORMES: Av. Universitaria 1801, San Miguel, Lima. 3er. piso del Departamento de Ciencias Sociales, oficina 313. Teléfono: (1) 626-2000 anexos 4302 y 4300. Correo electrónico: gobemabilidad.mcp@pucp.edu.pe http://www.pucp.edu.pe/escgrad/cpolitica/gobernabilidad
Corporación Andina de Fomento
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THE GRADUATE SCHOOLOF POL1TICAL MANAGEMENT
ESCUELA DE
GRADUADOSpontificia UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL PERU. 90 AÑOS
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.