Tipo de Norma: Ley
Número: 2898
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02898LEY N'-’ 2898
Misiones del Ueayali: se vota partida para aumentar la subvención
Artículo 2.c— El Poder Ejecutivo vigilara que las partidas votadas de conformidad con el artículo anterior y las consignadas para la instrucción primaria del Vicariato del Madre de Dios, tengan el más estricto cumplimiento.
EL PUES!DENTE DE LA REPÚBLICA
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para rjue disponga lo necesario á su cumplimiento.
Por cuanto el Congreso lia dado la ley siguiente:
El Congreso de la República. Peruana.
Dada en la sala de sesiones del Congreso, en Lima, á los veinticinco días del mes de noviembre de mil novecientos
diez v ocho.
Ha dado la ley siguiente:
Antonio Miró Quesada, Presidente del Senado.
Artículo l.°—Votase en el Presupuesto General de la República, con el carácter de permanente, la cantidad de un mil ciento cincuenta y cinco libras peruanas de oro, para acrecentar la suma votada para el fomento de las misiones del Uca-yali, que se distribuirá como sigue:
Juan Pardo, Diputado Presidente.
F. R. lanartta, Senador Secretario. Luis .*!• Carrillo, Diputado Secretario.
Al mes Al año
Para subvencionar á los misioneros enea r-gadosdelos trabajos de la misión.... Lp.
Para subve n cionar dos escuelas de niñas, con interna-d o, e a d a una al mes
Lp. 15.0.00
Para subven ci o liar cinco escuelas de niños, cada una al mes Lp. 7.0.00........
Al Señor Presidente de la República.
Por tanto: mando se imprima, publique y circule, y se le dé el debido cumplimiento.
51,2.50 Lp. 575.0.00
Dado en la casa de Gobierno, en Lima, á los treinta días del mes de noviembre de mil novecientos diez v ocho.
50,0.00 300.0.00
Josk Pardo.
/ó Jj. Flórez*
35.0.00 420 0.00
Total......Lp. 1,155.0.00
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.