Ley Nº 28916

Visualice o descargue la versión PDF de la ley número 28916

Tipo de Norma: Ley

Número: 28916


Visualización de la norma: Ley 28916



Descargar Ley 28916 en PDF -

documento PDF

 28916

334150

¥ NORMAS LEGALES

0 Peruano

Lima, jueves 7 de diciembre de 2006

FABIOLA MORALES CASTILLO Segunda Vicepresidenta del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Lima, 6 de diciembre de 2006

ANEXO

PAÍS: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

MOTIVO: DOSDESPLIEGUESDE ENTRENAMIENTO CONTRANARCOTERRORISMO(CNT), DENOMINADOS “OPERACIONES DE ASALTO EN ATERRIZAJE Y OPERACIONES POSTERIORES - LASO”

IDENTIFICACIÓN DEL PERSONAL MILITAR

Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquese y archívese.

1. MAYOR

2. CAPITÁN

3. GYSGT

4. GYSGT

5. SGT

6. SGT

ALAN GARCIA PEREZ

Presidente Constitucional de la República

JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros

6592-1

CHRISTOPHER O’CONNOR RONALD BRAND JOE RODRÍGUEZ JOSÉ GUTIÉRREZ NEVILLE SHIWDIN JERRY MOON 7. HMC MARIO COLON 8. HM2 ROBERTO COLON ZARAGOZA

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA

N°28916

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE AUTORIZA EL INGRESO DE PERSONAL MILITAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON ARMAMENTO, AL TERRITORIO

DE LA REPÚBLICA

Artículo único.- Objeto de la Resolución Legislativa

El Congreso de la República, de conformidad con lo prescrito en el inciso 8) del artículo 102° de la Constitución Pol ítica del Perú y el artículo 3o de la Ley N°27856, ha resuelto acceder a la petición presentada por el señor Presidente Constituciona de la República que cuenta con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros y; en consecuencia, autorizar el ingreso al territorio nacional de personal militar de los Estados Unidos de América, del 9 al 22 de diciembre de 2006 y del 4 de febrero al 8 de marzo de 2007, para realizar dos despliegues militares de entrenamiento contra Narcoterrorismo (CNT), denominados “Operaciones de Asalto en Aterrizaje y Operaciones Posteriores - LASO” con personal de Infantería y de Fuerzas Especiales de la Marina de Guerra del Perú en Pucallpa, de acuerdo a las especificaciones que como Anexo forman parte integrante de la presente Resolución Legislativa, en vista de que no afecta en forma alguna la soberanía nacional, ni constituye instalación de bases militares.

La presente Resolución Legislativa no irroga gasto alguno al Estado.

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los seis días del mes de diciembre de dos mil seis.

RELACIÓN DE EQUIPO TRANSEÚNTE

Armamento Número de Serie

Pistola 9 mm, Automática

1036928

Pistola 9 mm, Automática

1036927

Pistola 9 mm, Automática

1036931

Pistola 9 mm, Automática

1036929

Pistola 9 mm, Automática

1036930

Pistola 9 mm, Automática

1036934

Pistola 9 mm, Automática

1013166

Pistola 9 mm, Automática

1036924

Rifle M4

W325675

Rifle M4

W325764

Rifle M4

W325716

Rifle M4

W325740

Rifle M4

W324464

Rifle M4

W325679

Rifle M4

W324507

Rifle M4

W325743

Municiones

Cantidad

Cartucho de 5.56 mm

39,020

Granada de humo, verde

5

Granada de humo, rojo

5

Señal de iluminación estrella roja, Cluster MI58

10

Señal de iluminación estrella blanca tipo paracaídas

25

Señal de iluminación estrella verde, Cluster

10

TIEMPO DE PERMANENCIA EN TERRITORIO NACIONAL

DEL 9 AL 22 DE DICIEMBRE DE 2006 Y DEL 4 DE FEBRERO AL 8 DE MARZO DE 2007.

6592-2

LEY N° 28917

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:

MERCEDES CABANILLAS BUSTAMANTE Presidenta del Congreso de la República

JOSÉ VEGA ANTONIO Primer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Lima, 6 de diciembre de 2006

El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE ADJUDICA TERRENO DE PROPIEDAD

DEL ESTADO EN FAVOR DEL CLUB DEPARTAMENTAL TUMBES

Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquese y archívese.

ALAN GARCÍA PÉREZ

Presidente Constitucional de la República

JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros

Artículo único.-Adjudicación de Terreno Adjudícase en propiedad a título gratuito, el terreno afectado en uso por Ley N° 28414 a favor del Club Departamental Tumbes, ubicado en el distrito de La Perla, Provincia Constitucional del Callao, de un área de 526.50 m2, que será destinado exclusivamente para la construcción de su local institucional, quedando la Superintendencia de Bienes Nacionales encargada de



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


Este sitio usa imágenes de Depositphotos