Tipo de Norma: Ley
Número: 28764
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28764El Peruano viernes 23 de Junio de 2006
D.A. N® 016.- Aprueban Directiva sobre Medidas de Austeridad y Racionalidad en el Gasto para el Año Fiscal 2006 322283
D.A. N° 017.- Aprueban Directiva "Medidas para generar Ingresos Año Fiscal 2006" 322283
D.A. N° 018.- Aprueban Reglamento para la Ejecución de Actividades y Metas Físicas de la Gerencia de Seguridad Ciudadana 322284
D.A. N° 019.- Autorizan realización de Matrimonio Civil Comunitario 322284
D.A. N° 020.- Disponen exoneración de pago por derecho de obtención de Partidas de Nacimiento para mujeres y varones nacidos en 1988 y 1989 que se acojan al Programa de Inscripción Militar 322285
MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
322192
@NORMAS LEGALES
Fe de Erratas Ord. N° 215-MPL 322290
MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDROD.A. N° 008-2006-ALC/MSI.- Aprueban Directiva "Normas para la Administración del Fondo Fijo para Caja Chica y Encargos a Personal de la Municipalidad de San Isidro"
322291
MUNICIPALIDAD DE SAN LUISMUNICIPALIDAD DE CARABAYLLOR.A. N° 179-2006/A-MDC.- Aprueban Proyecto de Habilitación Urbana de terreno ubicado en el distrito
322286
Ordenanza N° 047-MDSL.- Aprueban Reglamento del Proceso de Planeamiento del Desarrollo Concertado Local y el Presupuesto Participativo 2007 322291
MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUELMUNICIPALIDAD DE COMASOrdenanza N* 190-C/MC.- Aprueban documento base "Plan de Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres del distrito de Comas 2006-2010" 322287
D.A. N° 016-2006-MDSM.- Modifican TUPA de la Municipalidad Distrital de San Miguel 322292
CONVENIOS INTCRNflCIONñlCS
MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍAOrdenanza N° 197-MJM.- Establecen Beneficio de Regularización y Actualización de la Autorización Municipal de Funcionamiento 322288
MUNICIPALIDAD DE LINCEOrdenanza N° 157-MDL.- Modifican Ordenanza N° 150-MDL que aprobó el TUPA 2005 de la Municipalidad
322289
Fe de Erratas Entrada en vigencia de la Enmienda Cuatro al Convenio de Donación de Objetivo Especial entre la República del Perú y los Estados Unidos de América para la Reducción Sostenida de los Cultivos de Coca para Fines Ilícitos mediante el Desarrollo Alternativo en Áreas Seleccionadas del Perú 322292
Fe de Erratas Entrada en vigencia de la Enmienda Cinco al Convenio de Donación de Objetivo Estratégico entre la República del Perú y los Estados Unidos de América para "Mejorar la Calidad de Vida de los Peruanos en Áreas Objetivo a lo Largo de la Frontera Perú-Ecuador" USAID (598-0858) 322292
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PODER LEGISLATIVOCONGRESO DE LA REPUBLICALEY Na 28764EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 8a DE LA LEY Na 28301, LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNALCONSTITUCIONALArtículo único.- Modificación del artículo 8o de la Ley N° 28301, Ley Orgánica del Tribunal Constitucional
Modifícase el artículo 8o de la Ley N° 28301, Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, en los siguientes términos:
“Artículo 8°.- Conformación El Tribunal está integrado por siete miembros, con el título de Magistrados del Tribunal Constitucional. Son designados por el Congreso mediante resolución
legislativa, con el voto de los dos tercios del número legal de sus miembros.
Para tal efecto, el Pleno del Congreso designa una Comisión Especial integrada por un mínimo de cinco y un máximo de nueve Congresistas, respetando en lo posible la proporción de cada grupo parlamentario en el Congreso, para encargarse de recibir propuestas y seleccionar a los candidatos que, a su juicio, merecen ser declarados aptos para ser elegidos.
La Comisión Especial publica en el Diario Oficial “El Peruano" la convocatoria para la presentación de propuestas. Asimismo, publica la relación de las personas propuestas a fin de que se puedan formular tachas, las que deben estar acompañadas con prueba instrumental.
Declarados aptos uno o más candidatos, el Congreso procede a la elección mediante votación pública y ordinaria. Son elegidos el Magistrado o los Magistrados, según el caso, que obtengan la mayoría prevista por el último párrafo del artículo 201° de la Constitución Política. Si no se obtiene la mayoría requerida, se procede a una segunda votación.
Si concluidos los cómputos, no se logra cubrir las plazas vacantes, la Comisión procede, en un plazo máximo de diez dias naturales, a formular sucesivas propuestas, hasta que se realice la elección.
Se aplican, además, las disposiciones pertinentes del Reglamento del Congreso.”
POR TANTO:
Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la República, insistiendo en el texto aprobado en sesión del Pleno realizada el día uno de diciembre de
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.