Tipo de Norma: Ley
Número: 28600
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Lima, miércoles 17 de agosto de 2005
POD6R L€GISLñTIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Ns 28600
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
La Comisión Permanente del Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:
LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE CREA EL PROGRAMA DE PROMOCIÓN A LA FORMALIZACIÓN DEL COMERCIO ALGODONERO DE LAS VARIEDADES TANGÜIS, PIMA,SUPIMA,
DEL CERRO, HAZERA Y OTRAS PRODUCIDAS
EN EL PERÚ
Articulo 1°.- Objeto de la Ley Créase el Programa Nacional de Promoción a la Formalización del Comercio Algodonero de todas las variedades que se producen en el país.
Artículo 2°.- Asignación presupuestal El Programa creado en el artículo Io será financiado con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Agricultura y tendrá una duración de diez (10) años.
Articulo 3°.- Norma reglamentaria
En un plazo de treinta (30) días mediante Decreto Supremo, refrendado por los Ministros de Economía y Finanzas y de Agricultura se aprobarán las normas reglamentarias que sean necesarias para la aplicación de la presente Ley.
Artículo 4°.- Disposición derogatoria Deróganse las disposiciones legales, normas reglamentarias y complementarias que se opongan a lo dispuesto en la presente Ley.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
Única.- En tanto se aprueben las disposiciones reglamentarias y complementarias a la presente Ley, se aplicará en lo que es pertinente las disposiciones que regulan el procedimiento para la ejecución del Programa de Promoción de la formalización del comercio de la variedad tangüis.
Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los veintidós días del mes de julio de dos mil cinco.
ÁNTERO FLORES-ARAOZ E.
Presidente del Congreso de la República
NATALE AMPRIMO PLÁ
Primer Vicepresidente del Congreso
de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de agosto del año dos mil cinco.
ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
CARLOS FERRERO
Presidente del Consejo de Ministros
14406
POD€R 06CUTIVO
PCM
Aceptan renuncia de Ministro de Relaciones Exteriores
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 208-2005-PCM
Lima, 16 de agosto de 2005
Vista la renuncia que al cargo de Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores formula el señor Fernando Olivera Vega; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Aceptar la renuncia que al cargo de Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores formula el señor Fernando Olivera Vega, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Nación.
Regístrese, comuniqúese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
CARLOS FERRERO
Presidente del Consejo de Ministros
14370
Aceptan renuncia de Ministro de Defensa
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 209-2005-PCM
Lima, 16 de agosto de 2005
Vista la renuncia que al cargo de Ministro de Estado en el Despacho de Defensa formula el señor Roberto Chiabra León; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Aceptar la renuncia que al cargo de Ministro de Estado en el Despacho de Defensa formula el señor Roberto Chiabra León, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación.
Regístrese, comuniqúese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
CARLOS FERRERO
Presidente del Consejo de Ministros
14371
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.