Ley Nº 28539

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 28539

Lima, jueves 9 de junio de 2005

Pág. 294365

POD€fl LEGISLATIVO || POD6R 06CUTIVQ

PC M

CONGRESO DE LA REPUBLICA

LEY Ns 28539

EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD Y UTILIDAD PÚBLICAS LA CONSTRUCCIÓN DE LA CARRETERA SAN JUAN DE LURIGANCHO-INDEPENDENCIA-COMAS DE LA PROVINCIA Y

DEPARTAMENTO DE LIMA

Artículo 1°.- Objeto de la Ley Declárase de necesidad y utilidad públicas la construcción de la Carretera San Juan de Lurigancho-lnde-pendencia-Comas de la provincia y departamento de Lima.

Artículo 2°.- Evaluación del Proyecto Encárgase a la Municipalidad Metropolitana de Lima la formulación y elaboración de los estudios de prefactibilidad y factibilidad del Proyecto a que se refiere la presente Ley.

Articulo 3°.- Ejecución del Proyecto El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en coordinación con la Municipalidad Metropolitana de Lima, encargará al sector privado la ejecución del Proyecto a ue se refiere la presente Ley, de conformidad con lo ispuesto en el Decreto Supremo N° 059-96-PCM, Texto Unico Ordenado de las normas con rango de ley que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos; la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; y demás normas sectoriales aplicables.

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los dieciséis días del mes de mayo de dos mil cinco.

ÁNTERO FLORES-ARAOZ E.

Presidente del Congreso de la República

NATALE AMPRIMO PLÁ

Primer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

No habiendo sido promulgada dentro del plazo constitucional por el señor Presidente de la República, en cumplimiento de los artículos 108° de la Constitución Política y 80° del Reglamento del Congreso, ordeno que se publique y cumpla.

En Lima, a los siete días del mes de junio de dos mil cinco.

ÁNTERO FLORES-ARAOZ E.

Presidente del Congreso de la República

NATALE AMPRIMO PLÁ

Primer Vicepresidente del Congreso

de la República

Autorizan viaje del Ministro de Justicia a Brasil y encargan su despacho al Ministro del Interior

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 147-2005-PCM

Lima, 7 de junio de 2005

Visto el Facsímil N° DV-130 del Encargado de Negocios de la Embajada de Brasil en el Perú;

CONSIDERANDO:

Que, el Ministro de Estado del Control y de la Transparencia del Gobierno de la República Federativa del Brasil, ha cursado invitación al señor Eduardo Salhuana Cavides, Ministro de Justicia, para participar en el "IV Forum Global de Combate a la Corrupción", que tendrá lugar del 7 al 10 de junio de 2005, en la ciudad de Brasilia - Brasil;

Que, en el citado forum se tratará como tema central "De las Palabras a la Acción", abordando temas relativos a los ilícitos directa e indirectamente vinculados a la corrupción, enfocando medidas concretas adoptadas en cada país, relación a la prevención y a su combate;

Que, los gastos que irrogue la participación del señor Ministro de Justicia, en cuanto al rubro pasajes aéreos, serán financiados por los organizadores del Evento; por lo que es necesario autorizar el viaje y los gastos ocasionados por concepto de viáticos e impuesto de salida;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28427, Ley N° 27619 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto de Urgencia N° 015-2004 y Decreto de Urgencia N° 006-2005;

SE RESUELVE:

Artículo Io.- Autorizar el viaje del señor doctor Eduardo Salhuana Cavides, Ministro de Justicia, a la ciudad de Brasilia - Brasil, del 8 al 11 de junio de 2005, para los fines expuestos en la parte considerativa de Va presente Resolución.

Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego 006 Ministerio de Justicia, de acuerdo al siguiente detalle:

Viáticos US$ 1000.00

Tarifa Única por uso de Aeropuerto

(TUUA) US$ 28.24

Artículo 3°.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza.

Artículo 4o.- Encargar el Despacho del Ministro de Justicia, al señor Félix Murazzo Carrillo, Ministro del Interior, a partir del 8 de junio de 2005, en tanto dure la ausencia del Titular.

Artículo 5o.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.

Regístrese, comuniqúese y publíquese.

Rúbrica del Ing. DAVID WAISMAN RJAVINSTHI Segundo Vicepresidente de la República Encargado del Despacho de la Presidencia de la República

CARLOS FERRERO

Presidente del Consejo de Ministros

10733

10729



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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