Ley Nº 28480

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 28480

Lima, miércoles 30 de marzo de 2005

Pág. 289759

LEY N8 28480

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la siguiente Ley de Reforma Constitucional:

LEY DE REFORMA DE LOS ARTÍCULOS 318 Y348 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ

Artículo único.- Modifica los artículos 31° y 34° de la Constitución Política del Perú

Modiflcanse los artículos 31° y 34° de la Constitución Política del Perú, los cuales quedarán redactados de la siguiente manera:

“Artículo 31°.- Los ciudadanos tienen derecho a participar en los asuntos públicos mediante referéndum; iniciativa legislativa; remoción o revocación de autoridades y demanda de rendición de cuentas. Tienen también el derecho de ser elegidos y de elegir libremente a sus representantes, de acuerdo con las condiciones y procedimientos determinados por ley orgánica.

Es derecho y deber de los vecinos participar en el gobierno municipal de su jurisdicción. La ley norma y promueve los mecanismos directos e indirectos de su participación.

Tienen derecho al voto los ciudadanos en goce de su capacidad civil. Para el ejercicio de este derecho se requiere estar inscrito en el registro correspondiente.

El voto es personal, igual, libre, secreto y obligatorio hasta los setenta años. Es facultativo después de esa edad.

La ley establece los mecanismos para garantizar la neutralidad estatal durante los procesos electorales y de participación ciudadana.

Es nulo y punible todo acto que prohíba o limite al ciudadano el ejercicio de sus derechos.

Artículo 34°.- Los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional tienen derecho al voto y a la participación ciudadana, regulados por ley. No pueden postular a cargos de elección popular, participar en actividades partidarias o manifestaciones ni realizar actos de proselitismo, mientras no hayan pasado a la situación de retiro, de acuerdo a ley.”

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los diez dias del mes de marzo de dos mil cinco.

ÁNTERO FLORES-ARAOZ E.

Presidente del Congreso de la República

NATALE AMPRIMO PLÁ

Primer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de marzo del año dos mil cinco.

ALEJANDRO TOLEDO

Presidente Constitucional de la República

CARLOS FERRERO

Presidente del Consejo de Ministros

POD6R 6J6CUTIVO

AGRICULTURA

Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Estación Experimental Vista Florida del INIEA para el ejercicio 2005

ESTACION EXPERIMENTAL VISTA FLORIDA - CHICLAYO

RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 002-2005-INIEA-EEVF-ADM/D

Chiclayo, 28 de febrero del 2005

VISTO:

El Oficio Circular N°068-2005-INIEA-EEVF-CH/ADM, de la Oficina de Administración de la Estación Experimental Vista Florida; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el Artículo 7o del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, cada Entidad debe elaborar un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, el mismo que debe prever los bienes, servicios y obras que se requieran durante el ejercicio presupuestal y el monto del presupuesto requerido; Plan Anual que debe ser aprobado por el Titular del Pliego o la máxima Autoridad Administrativa de la Entidad, según corresponda;

Que, el Artículo 11o de la Ley N° 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005, establece los montos para la determinación de los procesos de selección, ios cuales deben ser aplicados en concordancia con lo dispuesto en los Artículos 15°, 16° y 17° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y en el Artículo 77° del Reglamento, aprobados mediante Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, respectivamente;

Que, teniendo en cuenta los considerandos precedentes, resulta necesario aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 011, Estación Experimental Vista Florida, del Pliego 163; Instituto Nacional de Investigación y Extensión Agraria - INIEA;

De conformidad con el Artículo 65° del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Investigación y Extensión Agraria - INIEA, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2004-AG y con las visaciones de la Oficina de Administración de la Estación;

SE RESUELVE:

Artículo Io.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 011; Estación Experimental Vista Florida del Riego 163; Instituto Nacional de Investigación y Extensión Agraria, para el ejercicio presupuestal 2005, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Disponer que la Oficina de Logística cumpla con publicar la presente Resolución en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles de aprobado.

Artículo 3o.- Disponer que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 011 - Estación Experimental Vista Florida, del Pliego 163, del Instituto Nacional de Investigación y Extensión Agraria - INIEA, se encuentre a disposición de los interesados en la Oficina de Logística, ubicado en el Km. 8 Carretera Chiclayo a Ferreñafe, distrito de Picsi, para su revisión y/o adquisición; así como en la página web de la Entidad: http ://www. vfloridainia.gob.pe.

Artículo 4°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, al día siguiente de la aprobación de la presente Resolución.

Regístrese, comuniqúese y publíquese.

JOSÉ GONZÁLEZ ISERN

Encargado de la Dirección

06260

06355



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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