Tipo de Norma: Ley
Número: 28227
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28227Lima, viernes 21 de mayo de 2004 €1 Peruano Pág. 268789
MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
PROVINCIAS
D.A. N° 012-2004-MDI.- Amplían vigencia de la Ordenanza N° 067-2004-MDI, que estableció Nuevo Procedimiento Extraordinario Temporal para la Obtención del Certificado de Jurisdicción de inmuebles ubicados en el distrito 268855
MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
R.A. N° 321-2004-MPL.- Aprueban modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la municipalidad para el ejercicio 2004 268855
R.A. N° 331-2004-MPL.- Declaran nulidad de adjudicación de menor cuantía convocada para la adquisición de equipos de cómputo 268856
MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA
Ordenanza N° 031-MDPP.- Aprueban Reglamento de Administración, Gestión y Disposición de los Bienes Inmuebles de Propiedad de la municipalidad 268856
MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DELTRIUNFO
Ordenanza N° 149.- Reglamentan proceso del presupuesto participativo de la municipalidad 268858
D.A. N° 026-2004/MVMT.- Aprueban Cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo del distrito correspondiente al año 2005 268861
MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA
Ordenanza N° 019-2004-MDLP/ALC.- Modifican la Ordenanza N° 001-2004 mediante la cual se prorrogaron beneficios de amnistía para contribuyentes 268861
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO
Acuerdo N° 025-2004-MPMN.- Declaran en situación de urgencia la adquisición de productos alimenticios para beneficiarios del Programa de Complementación Alimentaria de la municipalidad 268862
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE UCAYALI
RR.AA. N°s. 110 y 111-2004-A-MPU.- Aprueban modificaciones del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Provincial de Ucayali para el ejercicio fiscal 2004 268862
PROYECTO
OSITRAN
Res. N° 014-2004-CD/OSITRAN.- Proyecto de Resolución Tarifaria que aprueba el valor del Factor de Productividad y los niveles de las Tarifas Máximas, y su Exposición de Motivos 268864
PODCR leSISlfiTIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY N228227
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO
El Congreso de la República Ha dado la Ley siguiente
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE AUTORIZA UNA TRANSFERENCIA DE PARTIDAS EN EL PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO DEL AÑO FISCAL 2004, DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS A LA OFICINA DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL
Artículo 1°.-Autorización de Transferencia de Partidas
Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, hasta por la suma de NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL DIEZ Y 00/100 NUEVOS SOLES (SI. 9 856 010,00), de acuerdo al siguiente detalle:
GOBIERNO CENTRAL
CORRESPONDIENTE AL GOBIERNO NACIONAL
DEL : (EN NUEVOS SOLES)
PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 . Administración General FUNCIÓN 05 : Asistencia y Previsión Social PROGRAMA 015 : Previsión
SUBPROGRAMA 0052 : Previsión Social al Cesante y Jubilado ACTIVIDAD 1.00347 : Obligaciones Previsionales FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 00 : Recursos Ordinarios
5. GASTOS CORRIENTES
2. Obligaciones Previsionales SI. 9 856 010,00
TOTAL EGRESOS: SI. 9 856 010.00
AL: (EN NUEVOS SOLES)
PLIEGO 095 : Oficina de Normalización Previsional FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 00 : Recursos Ordinarios 5. GASTOS CORRIENTES
2. Obligaciones Previsionales SI. 9 856 010,00
TOTAL EGRESOS: SI. 9 856 010.00
Artículo 2°.- Obligaciones de desagregación de recursos
El Titular del Pliego habilitado aprueba mediante resolución la desagregación de los recursos habilitados, dentro de los cinco (5) días de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (5) días hábiles de aprobada a los organismos señalados en el numeral 5.2 del artículo 5o de la Ley N° 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004.
Artículo 3°.- Codificaciones
La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces de los Pliegos comprendidos en la presente Transferencia de Partidas, solicitarán a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codificaciones que se requieran de Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida.
Artículo 4°.- Notas de Modificación Presupuestaria
La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces de los Pliegos instruye a las Unidades Ejecutoras, bajo su ámbito para que elaboren las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.