Tipo de Norma: Ley
Número: 28116
documento PDF
28116Lima, sábado 6 de diciembre de 2003
Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.
quidada, desactivada y/o disuelta, estará a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas, el cual queda autorizado a delegar dichas funciones a la Oficina de Normalización Previsional.
Artículo 2°.- De la representación procesal del Estado en los procesos judiciales relativos al régimen del Decreto Ley N° 20530 de las entidades privatizadas, liquidadas, desactivadas y/o disueltas
La representación procesal del Estado ante el Poder Judicial y el Tribunal Constitucional en los casos referidos al Decreto Ley N° 20530 de entidades privatizadas, liquidadas, desactivadas y/o disueltas, será ejercida por el Ministerio de Economía y Finanzas, la cual podrá ser delegada a la Oficina de Normalización Previsional; sin perjuicio del derecho que le pueda corresponder a la entidad administradora del fondo constituido para el pago de las referidas pensiones, de intervenir en el proceso como tercero coadyuvante.
Artículo 3°.- DerogatoriaDeróganse o déjanse sin efecto, según corresponda, las disposiciones que se opongan a la presente Ley.
Artículo 4°.- VigenciaLa presente Ley entrará en vigencia el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los trece días del mes de noviembre de dos mil tres.
HENRY PEASE GARCÍA Presidente del Congreso de la República
MARCIANO RENGIFO RUIZ Primer Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de diciembre del año dos mil tres.
ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros
22844LEY N9 28116
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE PRORROGA EL PLAZO DE VIGENCIA DE LA COMISIÓN ESPECIAL REVISORA
DEL CÓDIGO PENAL
Artículo Único.-Prorroga plazo de vigenciaProrrógase el plazo a que se refiere el artículo 2o de la Ley N° 27837, Ley que crea la Comisión Especial Revisora del Código Penal, por un año adicional, contado desde su vencimiento.
En Lima, a los trece días del mes de noviembre de dos mil tres.
HENRY PEASE GARCÍA Presidente del Congreso de la República
MARCIANO RENGIFO RUIZ
Primer Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de diciembre del año dos mil tres.
ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros
22845POD€R CKCIITIVO
PCM
Autorizan viaje del Ministro de Justicia a México y encargan su Despacho al Ministro de Transportes y Comunicaciones
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 357-2003-PCMLima, 5 de diciembre de 2003
VISTO: El Facsímil (SME-PMS-ONU) N° 864 el Secretario de Asuntos Multilaterales del Ministerio de Relaciones Exteriores;
CONSIDERANDO:
Que, el señor doctor Fausto Alvarado Dodero, Ministro de Justicia, ha participado en el IV y VI Período de Sesiones del Comité Especial encargado de elaborar el Proyecto de Convención de Naciones Unidas sobre Lucha contra la Corrupción;
Que, el texto final de la Convención de Naciones Unidas sobre Lucha contra la Corrupción, ha sido aprobado por lo que es necesario que el señor Ministro de Justicia, participe en la Conferencia Política de Alto Nivel para la suscripción de la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción, a realizarse del 9 al 11 de diciembre de 2003, en el Centro de Convenciones y Exposiciones - Yucatán Siglo XXI, en la ciudad de Mérida, México;
Que, el viaje a que se refiere el considerando precedente resulta indispensable a fin de cumplir con las metas de este sector;
Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje, así como los gastos a realizarse;
De conformidad con la Ley N° 27619, Decreto de Urgencia N° 017-2003 y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo Io.-Autorizar el viaje del señor doctor Fausto Humberto Alvarado Dodero, Ministro de Justicia, a la ciudad de Mérida - México, del 8 al 14 de diciembre de 2003, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema.
Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán cubiertos por
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.