Ley Nº 28049

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 28049

Pife. 249034 <El peruano Lima, viernes 1 de agosto de 2003

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treintiún días del mes de julio del año dos mil tres.

ALEJANDRO TOLEDO

Presidente Constitucional de la República

BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros

14395

LEY N9 28049

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:

La Comisión Permanente del Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:

LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA LA PROTECCIÓN DE LA PAVA ALIBLANCA (PENELOPE ALBIPENNIS)

Artículo 1°.- Objeto de la Ley

Declárase de interés nacional la reproducción y conservación de la Pava Aliblanca (Penelope Albipennis), ave originaria del Perú, y prohíbese la caza, extracción, transporte y/o exportación con fines comerciales.

Artículo 2°.- Cumplimiento de la Ley

Encárgase al Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA) el cumplimiento de la presente Ley.

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los ocho días del mes de julio de dos mil tres.

CARLOS FERRERO

Presidente del Congreso de la República

MERCEDES CABAÑIL LAS BUSTAMANTE Segunda Vicepresidenta del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treintiún días del mes de julio del año dos mil tres.

ALEJANDRO TOLEDO

Presidente Constitucional de la República

BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros

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RESOLUCION LEGISLATIVA

N9 28050

LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE CREA LA COMISIÓN NACIONAL ENCARGADA DE ORGANIZAR LOS ACTOS CONMEMORATIVOS DEL BICENTENARIO DEL NATALICIO DEL GRAN MARISCAL DOMINGO NIETO MÁRQUEZ

Artículo 1°.- Objeto de la resolución

Constitúyese una Comisión Nacional encargada de elaborar, organizar y ejecutar los actos conmemorativos del “Bicentenario del Nacimiento del Gran Mariscal Domingo Nieto Márquez”.

Artículo 2°.- Conformación de la Comisión Nacional

2.1 La Comisión Nacional del Bicentenario del Natalicio del Gran Mariscal Domingo Nieto Márquez estará conformada por:

a) Un representante de la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología del Congreso de la República, quien la preside,

b) Un representante del Ministerio de Educación,

c) Un representante del Ministerio de Defensa,

d) Un representante del Instituto Nacional de Cultura,

e) Un representante del Gobierno Regional de Mo-quegua,

f) Un representante de la Dirección Regional de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales de Moquegua,

g) Un representante de la Municipalidad de lio,

h) Un representante de la Municipalidad de Mariscal Nieto,

i) Un representante de la familia directa del Mariscal Nieto Márquez.

2.2 La Comisión se instalará dentro de los treinta (30) primeros días de entrada en vigencia la presente Resolución Legislativa y tendrá vigencia hasta el 5 de agosto de 2004.

Artículo 3°.- Atribuciones de la Comisión Nacional

La Comisión hará las coordinaciones que considere necesarias con entidades públicas y privadas, nacionales y extranjeras, para la mejor organización y realización de los actos que programe.

Artículo 4°.- Gastos

Los gastos que origine la presente Resolución Legislativa, se atenderán con recursos directamente obtenidos por la Comisión.

Artículo 5°.- Apoyo de la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología del Congreso de la República

La Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología del Congreso de la República queda encargada de brindar el apoyo necesario para la ejecución y el cumplimiento del programa anual conmemorativo.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA

Única.- El día central de la celebración será el 5 de agosto de 2003 por ser el día del nacimiento del Mariscal Domingo Nieto. Las instituciones públicas y los centros educativos del país dedicarán este día para su homenaje.

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los ocho días del mes de julio de dos mil tres.

CARLOS FERRERO

Presidente del Congreso de la República

MERCEDES CABAÑIL LAS BUSTAMANTE

Segunda Vicepresidenta del

Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL

DELA REPÚBLICA

Lima, 31 de julio de 2003

Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquese y archívese.

ALEJANDRO TOLEDO

Presidente Constitucional de la República

BEATRIZ MERINO LUCERO

Presidenta del Consejo de Ministros

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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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