Ley Nº 28011

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 28011

Lima, miércoles 25 de junio de 2003 <£[ 'Pecuono Pág. 246577

GOBIERNOS LOCALESMUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

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Ordenanzas N°s. 515, 516, 517, 518, 519 y 520.- Modifican Plano de Zonificación General de los Usos del Suelo de Lima Metropolitana a mediano plazo, correspondiente a los distritos de Chorrillos, Surquillo, San Juan de Lurigancho y Ate

246611

MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO

Acuerdo N° 054-A-2003-SEGE-06-MDEA.- Exoneran de proceso de selección la contratación de empresa para fiscalización, asesoría y procuraduría de acreencias tributarias y no tributarias que tiene la municipalidad 246616

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES

Ordenanza N° 124.-Aprueban Reglamento de Uso Comercial de la Vía Pública 246617

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CORONEL PORTILLO

R.A. N° 403-2003-MPCP.- Aprueban modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del año 2003

246619

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE EL COLLAO

R.A. N° 0360-2003-MPCI.- Declaran nulidad del proceso del adjudicación de menor cuantía N° 01-C.E.A.D./MPCI

246620

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUÁNUCO

Res. N° 885-2003-MPHCO-A.- Dejan sin efecto artículos de la Res. N° 874-2003-MPHCO-A y recepción de propuestas del proceso de licitación pública sobre redes de agua potable y conexiones domiciliarias 246620

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEZARUMILLA PROVINCIASMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AZÁNGARO

R.A. N° 209-03/A-MPA/P.- Declaran nulo de oficio la Adjudicación Directa Selectiva N° 0003-2003-MPA, para adquirir tuberías y accesorios destinados a obras de desagüe y alcantarillado 246619

V

R.A. N° 009-2003-MPZ.- Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el pliego presupuestal 2003

246621

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEYANACANCHA

R.A. N° 053-2003-MDY-PASCO.- Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ejercicio presupuestal 2003 246622

y

PODER LEGISLfiTIVO

CONGRESO DE LA REPUBLICA

RESOLUCION LEGISLATIVA

N2 28011

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE APRUEBA LA "DECLARACIÓN DEL RECONOCIMIENTO DE LA COMPETENCIA OBLIGATORIA DE LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA"

Artículo único.- Objeto de la resolución

Apruébase la "Declaración del reconocimiento de la competencia obligatoria de la Corte Internacional de Justicia", de conformidad con los artículos 56° y 102° inciso 1, de la Constitución Política del Perú, en los siguientes términos:

"De conformidad con el párrafo 2 del Artículo 36° del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia, el Gobierno del Perú reconoce como obligatoria ipsofacto, sin convenio especial y hasta que eventualmente notifique el retiro de esta declaración, respecto a cualquier otro Estado que acepte la misma obligación y en condición de reciprocidad, la jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia en todas las controversias de orden jurídico.

Esta declaración no se aplicará a controversias que las partes han acordado o puedan acordar remitir a arbitraje o arreglo judicial para decisión final y vinculante o que hayan sido resueltas por otros medios de solución pacífica.

El Gobierno del Perú se reserva el derecho, en cualquier momento, por medio de una notificación dirigida al Secretario General de las Naciones Unidas, de modificar o retirar esta declaración o las reservas contenidas en ella. Tal notificación se hará efectiva en la fecha de su recepción por el Secretario General de las Naciones Unidas.

Esta declaración se extenderá a los países que hayan hecho reservas o condiciones a la misma, con las mismas limitaciones que esos países hayan establecido en sus respectivas declaraciones".

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los diecisiete días del mes de junio de dos mil tres.

CARLOS FERRERO

Presidente del Congreso de la República

JESÚS ALVARADO HIDALGO Primer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Lima, 24 de junio de 2003

Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquese y archívese.

ALEJANDRO TOLEDO

Presidente Constitucional de la República

LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros

ALLANWAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores

11898

(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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