Tipo de Norma: Ley
Número: 28011
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28011Lima, miércoles 25 de junio de 2003 <£[ 'Pecuono Pág. 246577
GOBIERNOS LOCALESMUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMAin ■ ih n mr ■ ■ ■ f
Ordenanzas N°s. 515, 516, 517, 518, 519 y 520.- Modifican Plano de Zonificación General de los Usos del Suelo de Lima Metropolitana a mediano plazo, correspondiente a los distritos de Chorrillos, Surquillo, San Juan de Lurigancho y Ate
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MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINOAcuerdo N° 054-A-2003-SEGE-06-MDEA.- Exoneran de proceso de selección la contratación de empresa para fiscalización, asesoría y procuraduría de acreencias tributarias y no tributarias que tiene la municipalidad 246616
MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORESOrdenanza N° 124.-Aprueban Reglamento de Uso Comercial de la Vía Pública 246617
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CORONEL PORTILLOR.A. N° 403-2003-MPCP.- Aprueban modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del año 2003
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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE EL COLLAOR.A. N° 0360-2003-MPCI.- Declaran nulidad del proceso del adjudicación de menor cuantía N° 01-C.E.A.D./MPCI
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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUÁNUCORes. N° 885-2003-MPHCO-A.- Dejan sin efecto artículos de la Res. N° 874-2003-MPHCO-A y recepción de propuestas del proceso de licitación pública sobre redes de agua potable y conexiones domiciliarias 246620
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEZARUMILLA PROVINCIASMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AZÁNGAROR.A. N° 209-03/A-MPA/P.- Declaran nulo de oficio la Adjudicación Directa Selectiva N° 0003-2003-MPA, para adquirir tuberías y accesorios destinados a obras de desagüe y alcantarillado 246619
V
R.A. N° 009-2003-MPZ.- Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el pliego presupuestal 2003
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEYANACANCHAR.A. N° 053-2003-MDY-PASCO.- Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ejercicio presupuestal 2003 246622
y
PODER LEGISLfiTIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICARESOLUCION LEGISLATIVA
N2 28011
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:
RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE APRUEBA LA "DECLARACIÓN DEL RECONOCIMIENTO DE LA COMPETENCIA OBLIGATORIA DE LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA"
Artículo único.- Objeto de la resoluciónApruébase la "Declaración del reconocimiento de la competencia obligatoria de la Corte Internacional de Justicia", de conformidad con los artículos 56° y 102° inciso 1, de la Constitución Política del Perú, en los siguientes términos:
"De conformidad con el párrafo 2 del Artículo 36° del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia, el Gobierno del Perú reconoce como obligatoria ipsofacto, sin convenio especial y hasta que eventualmente notifique el retiro de esta declaración, respecto a cualquier otro Estado que acepte la misma obligación y en condición de reciprocidad, la jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia en todas las controversias de orden jurídico.
Esta declaración no se aplicará a controversias que las partes han acordado o puedan acordar remitir a arbitraje o arreglo judicial para decisión final y vinculante o que hayan sido resueltas por otros medios de solución pacífica.
El Gobierno del Perú se reserva el derecho, en cualquier momento, por medio de una notificación dirigida al Secretario General de las Naciones Unidas, de modificar o retirar esta declaración o las reservas contenidas en ella. Tal notificación se hará efectiva en la fecha de su recepción por el Secretario General de las Naciones Unidas.
Esta declaración se extenderá a los países que hayan hecho reservas o condiciones a la misma, con las mismas limitaciones que esos países hayan establecido en sus respectivas declaraciones".
Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los diecisiete días del mes de junio de dos mil tres.
CARLOS FERRERO
Presidente del Congreso de la República
JESÚS ALVARADO HIDALGO Primer Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Lima, 24 de junio de 2003
Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquese y archívese.
ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros
ALLANWAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores
11898(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.