Ley Nº 27970

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 27970

Lima, jueves 22 de mayo de 2003 <£[ 'Pecuono Pág. 244627

Artículo 3°.- Asignación de Recursos

Son recursos del Complejo Arqueológico de Kuélap:

a. Las asignaciones del Presupuesto del Sector Público.

b. Los legados y donaciones.

c. Los recursos propios, provenientes de los derechos de ingreso al Conjunto Arqueológico.

d. Los aportes de organismos nacionales y/o internacionales, públicos o privados.

Artículo 4°.- Ejecución de la ley

La ejecución de la presente Ley, se efectuará con cargo a la asignación presupuestal del pliego institucional del Instituto Nacional de Cultura, sin demandar nuevos recursos al Estado.

Artículo 5°.- Normas complementarias

El Instituto Nacional de Cultura queda encargado de dictar las disposiciones necesarias para el mejor cumplimiento de la presente Ley.

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los veintinueve días del mes de abril de dos mil tres.

CARLOS FERRERO

Presidente del Congreso de la República

JESÚS ALVARADO HIDALGO Primer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de mayo del año dos mil tres.

ALEJANDRO TOLEDO

Presidente Constitucional de la República

LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros

09675

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA

N2 27970

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE AUTORIZA AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA A VIAJAR A LA REPÚBLICA ARGENTINA DURANTE LOS DÍAS 24 AL 26 DE MAYO DEL PRESENTE AÑO

El Congreso de la República, de conformidad con lo prescrito en el inciso 9) del artículo 102° y en el artículo 113o de la Constitución Política, y en la Ley N° 26656, ha resuelto acceder a la petición formulada por el señor Presidente Constitucional de la República y, en consecuencia, autorizarlo para que viaje a la República Argentina durante los días 24 al 26 de mayo del presente año, con la finalidad de que asista a la Ceremonia de Transmisión de Mando Presidencial.

La presente Resolución Legislativa entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los veinte días del mes de mayo de dos mil tres.

CARLOS FERRERO

Presidente del Congreso de la República

JESÚS ALVARADO HIDALGO Primer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Lima, 21 de mayo de 2003

Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquese y archívese

ALEJANDRO TOLEDO

Presidente Constitucional de la República

LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros

09676

POD6R 6J6CUTIVO

PCM

Aprueban logo institucional del INIA

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 143-2003-PCM

Lima, 21 de mayo de 2003

VISTO:

El Oficio N° 314-2003-1 NI A-J/OAJ del Jefe del Instituto Nacional de Investigación Agraria - INIA;

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Supremo N° 091-2002-PCM, establece que las entidades que integran el Poder Ejecutivo en el ámbito nacional, deberán consignar en su documentación oficial que emitan y/o cursen a entidades públicas y privadas, su denominación completa y/o sus siglas institucionales aprobadas conforme a su ley de creación, el Escudo Nacional con la inscripción de la República del Perú y el logo institucional que mediante Resolución Suprema aprobará la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, el citado dispositivo dispone asimismo que tratándose del empleo de anuncios, paneles o cualquier otro medio material empleado a través de los cuales se difundan las actividades del Estado con recursos públicos, será obligatorio el uso del Escudo de la República del Perú conjuntamente con el logo institucional aprobado por la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, en consecuencia, es necesario aprobar el logo institucional del Instituto Nacional de Investigación Agraria - INIA, Organismo Público Descentralizado del Ministerio de Agricultura;

De conformidad con el artículo Io del Decreto Supremo N° 091-2002-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobación del logo

Aprobar el logo institucional del Instituto Nacional de Investigación Agraria - INIA, indicado en el Anexo que forma parte de la presente Resolución Suprema.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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