Ley Nº 27964

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 27964

Pág. 244328 <El peruano Lima, domingo 18 de mayo de 2003

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Res. N° 060-00-0000023.- Dejan sin efecto designación de auxiliar coactivo de la Oficina Zonal Chimbóte 244342

Res. N° 105-2003/SUNAT.- Encargan funciones de Intendente Regional Cusco a la Jefa de la División de Control de Deuda y Cobranza 244342

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE HUÁNUCO

Ordenanza N° 004-2003-CRH.- Aprueban Reglamento para el Registro de Organizaciones Sociales y la Elección de representantes de la Sociedad Civil al Consejo de Coordinación Regional de la Región Huánuco 244342

GOBIERNO REGIONAL DE PUNO

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Res. N° 189-2003-PR-GR-PUNO.-Declaran nulidad de proceso de selección por adjudicación de menor cuantíaN° 001-2003-GR-PUNO para contratación de ejecución de obras de rehabilitación de carretelas 244343

MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO

Ordenanza N° 005.-Prorrogan para el ejercicio 2003 la Ordenanza N° 014 que aprobó cancelación de deudas tributarias mediante pago de bienes, especies o servicios 244346

Ordenanza N° 006.-Establecen Régimen de Acotación y Cobranza de la Tasa de Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos de los mercados de abastos del distrito 244347

Ordenanza N° 007.-Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 002 referida al Régimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Relleno Sanitario 244347

R.A. N° 199.-Dej an sin efecto la R.A. N° 197 244348

MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO

Ordenanza N° 100.- Prorrogan fecha de vencimiento de pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales -primer trimestre del Año 2003 244348

PROVINCIAS

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

R.D. N° 015-2003-DE-ICIL-MML.- Autorizan viaje de Director Ejecutivo del Instituto Catastral e Informático de Lima a Guatemala para participar en el "VI Seminario sobre Catastro Inmobiliario"

244343

MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS

Ordenanz a N° 112-CDLO.- Apmeban Programa de Actualización Catastral 244344

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA

RA. N° 187-A-2003-MDI.- Aprueban modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el período presupuestal 2003 244344

MUNICIPALIDAD DE LURÍN

Ordenanz a N° 070-ML.- Prorrogan beneficio tributario establecido en las Ordenanzas N°s. 056 y 069-ML 244345

MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA

D.A. N° 003-2003-MDB.- Disponen celebración de matrimonio civil comunitario en el distrito 244349

D.A. N° 004-2003/MDB.- Constituyen el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Bellavista 244349

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CELENDÍN

Acuerdo N° 100/MPC-2003.- Apmeban Reorganización Administrativa y Reestructuración Orgánica de la municipalidad 244349

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE RODRÍGUEZ DE MENDOZA

Ordenanz a N° 007-2003-MPRM.- Declaran de necesidad y utilidad pública así como de preferente interés social el saneamiento físico legal de diversos inmuebles de propiedad de la municipalidad

244350

PODER LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA REPUBLICA

LEY N2 27964

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:

El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 2352 DE LA LEY N2 26702, LEY GENERAL DEL SISTEMA FINANCIERO Y DEL SISTEMA DE SEGUROS Y ORGÁNICA DE LA SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS

Artículo único.- Incorpora numeral 7 del artículo 235° de la Ley N° 26702

Incorpórase como numeral 7 del artículo 235° de la Ley N° 26702, el siguiente texto:

"Artículo 235°.- INSTRUMENTOS HIPOTECARIOS

(...)

7. Para efectos de lo dispuesto en el numeral anterior, los préstamos otorgados por el Fondo MIVIVIENDA a las empresas del Sistema Financiero para que realicen colocaciones hipotecarias, recibirán el mismo tratamiento que los instrumentos hipotecarios. En este caso, sólo se requerirá la calificación previa de la Superintendencia para ser excluidos de la masa."

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los veinticuatro días del mes de abril de dos mil tres.

CARLOS FERRERO

Presidente del Congreso de la República

JESÚS ALVARADO HIDALGO

Primer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE

LA REPÚBLICA

Por tanto:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos mil tres.

ALEJANDRO TOLEDO

Presidente Constitucional de la República

LUIS SOLARI DE LA FUENTE

Presidente del Consejo de Ministros

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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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