Tipo de Norma: Ley
Número: 2780
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02780LEY N9 2780
Monumento en esta capital
á don
Nicolás de Eiérola.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA mes de setiembre de mil novecientos diez
y ocho.
Por cuanto el Congreso ha dado la ley
siguiente: Antonio Miró ;Qüesáda, Presidente
del Senado.
El Congreso de la República Peruana.
Ha dado la ley siguiente:
Artículo l.°—Eríjase un monumentos á don Nicolás de Piérola, en la capital de la República.
Artículo 2.°—Consígnese en el Presupuesto General una partida de cinco mil libras peruanas de oro, para el cumplimiento de esta ley.
Juan Pardo, Diputado Presidente. Miguel D. Gonzáles, Senador Secretario. Luis A. Carrillo, Diputado Secretario.
Al Señor Presidente de la República.
Por tanto: mando se imprima, publi-que y circule, y Se le dé el debido cumplimiento.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para que disponga lo necesario á su cumplimiento.
Dado en la casa de Gobierno, en Lima, á los veintisiete días del mes de setiembre de mil novecientos diez y ocho.
José Pardo.
Dada fen la sala de sesiones del Con greso, en Lima, á los veintiséis días del
Clemente J. Revilla.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.