Tipo de Norma: Ley
Número: 27797
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27797Pág. 227140 €1 POTIOnO
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 26 de julio de 2002
Instancias Descentralizadas Fondo Nacional de Compensación y Desarrollo Social
FONCODES - Fondo Nacional de Compensación y Desarrollo Social Asistencia y Previsión Social Promoción y Asistencia Social y Comunitaria
Promoción y Asistencia Comunitaria Proyecto de Emergencia Social Productiva - PESP
Recursos Ordinarios
SECCION PRIMERA
PLIEGO
UNIDAD EJECUTORA
FUNCIÓN
PROGRAMA
SUBPROGRAMA
PROYECTO
PORTANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de julio del año dos mil dos.
ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
RAÚL DIEZ CANSECO TERRY Ministro de Comercio Exterior y Turismo
JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas
13391LEY N° 27797
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:
La Comisión Permanente del Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:
LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY DE APROBACIÓN DE TRANSFERENCIAS DE PARTIDAS DEL FONCODES AL MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO
Artículo I9.- Autorización deTransferencias de PartidasAutorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2002, hasta por la suma de VEINTE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 20 000 000,00), conforme al siguiente detalle:
DELA:
SECCION SEGUNDA
PLIEGO
■
065
UNIDAD EJECUTORA
: 001
FUNCIÓN
PROGRAMA
: 05
: 014
SUBPROGRAMA
PROYECTO
: 0050
: 2.00753
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
: 00
(En Nuevos Soles)
CATEGORÍA DEL GASTO 6. GASTOS DE CAPITAL
5 Inversiones 20 000 000,00
TOTAL EGRESOS 20 000 000,00
ALA:
Gobierno Central
012 Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
005 Programa de Emergencia Social Productivo “A Trabajar Urbano”
15 Trabajo
049 Prestaciones Laborales 0135 Empleo y Formación Profesional 2.00753 Proyecto de Emergencia Social Productiva - PESP
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 00 Recursos Ordinarios
(En Nuevos Soles)
CATEGORÍA DEL GASTO 6. GASTOS DE CAPITAL
5 Inversiones 20 000 000,00
TOTAL EGRESOS 20 000 000,00
Artículo 29.- CodificacionesLa Oficina de Presupuesto de los Pliegos comprendidos en la presente Transferencia de Partidas, solicitará a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos así como Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida.
Artículo 39.- Notas de Modificación PresupuestariaLa Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos, instruye a la(s) Unidad(es) Ejecutora(s), bajo su ámbito, para que elabore(n) las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria”, que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los veintidós días del mes de julio de dos mil dos.
CARLOS FERRERO
Presidente del Congreso de la República
HENRY PEASE GARCÍA Primer Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de julio del año dos mil dos.
ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas
FERNANDO VILLARÁN DE LA PUENTE Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
13420LEY N° 27798
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:
La Comisión Permanente del Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:
LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE ESTABLECE PLAZOS PARA LA EVALUACIÓN PREVIA DE CIERTOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS TRAMITADOS ANTE EL MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS
Artículo I9.- Objeto de la LeyEstablézcase que la duración para la evaluación previa de los procedimientos administrativos detallados a con-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.