Ley Nº 27726

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 27726

Pág. 223174 íípmiOllO NORMAS LEGALES Lima, sábado 18 de mayo de 2002

PODER LEGISLATIVO

PODER EJECUTIVO

PCM

CONGRESO DE LA REPUBLICA

LEY N° 27726

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 1° DE LA LEY N° 27595, LEY QUE CREA LA COMISIÓN DE LUCHA CONTRA EL CONTRABANDO Y DEFRAUDACION

DE RENTAS DE ADUANA

Artículo único.- Objeto de la ley

Modifícase el Artículo Io de la Ley N° 27595, Ley que crea la Comisión de Lucha contra el Contrabando y Defraudación de Rentas de Aduana, el cual queda redactado de la siguiente manera:

"Artículo 1°.- Creación de la Comisión

(...)

- Un representante de Perú Red Nacional de Cámaras de Comercio."

DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA.- Nombramiento

El representante de Perú Red Nacional Cámaras de Comercio será propuesto por esta institución y nombrado por Resolución Ministerial del Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, dentro de los 10 (diez) días calendario, contados a partir de la fecha de publicación de la presente Ley en el Diario Oficial El Peruano.

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los veintinueve días del mes de abril de dos mil dos.

CARLOS FERRERO

Presidente del Congreso de la República

HENRY PEASE GARCÍA Primer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos mil dos.

RAÚL DIEZ CANSECO TERRY Primer Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial

JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ

Ministro de Pesquería

Encargado de la Cartera de Industria,

Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales

8973

Aceptan donación que será destinada a financiar la actividad "Apoyo al Proceso del Acuerdo Nacional"

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 212-2002-PCM

Lima, 17 de mayo de 2002

CONSIDERANDO:

Que, en el Marco del Convenio de Donación de Objetivo Estratégico N° 527-04-02 ratificado mediante Decreto Supremo N° 029-2002-RE, se suscribió la Carta de Ejecución N° 03 entre la República del Perú y el Gobierno de Estados Unidos de América, con la finalidad de obtener el apoyo de la Comunidad Internacional para financiar la Actividad "Apoyo al Proceso del Acuerdo Nacional";

Que, la referida Carta de Ejecución, contempla una donación que el Gobierno de Estados Unidos, a través de la Agencia para el Desarrollo Internacional - (USAID) efectúa a la República del Perú, por DOSCIENTOS DIEZ MIL DÓLARES AMERICANOS US$ 210,000.00;

Que, la donación ofrecida por el Gobierno de los Estados Unidos de América, se materializó mediante la firma de la Carta de Entendimiento entre el Gobierno de Estados Unidos de América y la República del Perú, a través de la Presidencia del Consejo de Ministros, a fin de financiar específicamente la organización e imple-mentación de los foros descentralizados, así como la campaña publicitaria sobre el proceso del diálogo nacional;

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 560, Decreto Legislativo N° 719 y el Decreto Supremo N° 015-92-PCM; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo Io.- Aceptar la donación ascendente a DOSCIENTOS DIEZ MIL DÓLARES AMERICANOS (US$ 210,000.00) que el Gobierno de los Estados Unidos de América a través de la Agencia para el Desarrollo Internacional - USAID efectúa a la República del Perú, en el Marco de la Carta de Entendimiento entre el mismo Gobierno de Estados Unidos y la República del Perú destinada a financiar la Actividad "Apoyo al Proceso del Acuerdo Nacional".

Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.

Regístrese, comuniqúese y publíquese.

Rúbrica del señor RAÚL DIEZ CANSECO TERRY

Primer Vicepresidente de la República

Encargado del Despacho Presidencial

ROBERTO DAÑINO ZAPATA

Presidente del Consejo de Ministros

8974

Designan oficial FAP para coordinar aspectos de seguridad en el viaje del Presidente de la República a la Cumbre Unión Europea - América Latina y el Caribe

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 182-2002-PCM

Lima, 10 de mayo del 2002



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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