Tipo de Norma: Ley
Número: 27509
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"AÑO DE LA CONMEMORACIÓN DE LOS 450 AÑOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS"
Lima, miércoles 15 de agosto de 2001 AÑO XIX - N° 7724 Pág. 208767
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
RESOLUCIÓN LEGISLATIVA
N®27509
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:
RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE AUTORIZA AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPUBLICA A VIAJAR A LA REPÚBLICA DE CHILE DEL 16 AL 19 DE AGOSTO DEL PRESENTE AÑO, PARA PARTICIPAR EN LA CUMBRE PRESIDENCIAL DEL GRUPO DE RÍO
El Congreso de la República, de conformidad con lo prescrito en el inciso 9) del Artículo 102° y en el Artículo 113° de la Constitución Política, y en la Ley N° 26656, ha resuelto acceder a la petición formulada por el señor Presidente Constitucional de la República y, en consecuencia, autorizarlo para que viaje a la República de Chile del 16 al 19 de agosto del presente año, para participar en la Cumbre Presidencial del Grupo de Río.
La presente Resolución Legislativa entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los trece días del mes de agosto de dos mil uno.
CARLOS FERRERO
Presidente del Congreso de la República
JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Segundo Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Lima, 14 de agosto de 2001.
Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquese y archívese.
ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros
29298PCM
Autorizan viaje del Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales a Colombia, para participar en evento de la ANDI
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 410 2001 PCMLima, 14 de agosto de 2001
CONSIDERANDO:
Que, el Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, Licenciado RAUL DIEZ CANSECO TERRY, ha sido invitado para asistir a la LVII Asamblea General de Afiliados a la Asociación Nacional de Industriales - ANDI, a realizarse del 15 al 16 de agosto del 2001, en la ciudad de Cartagena de Indias, Colombia;
Que, en tal sentido es necesario autorizar el viaje en misión oficial del Licenciado RAUL DIEZ CANSECO TERRY, Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales;
Que, la entidad organizadora financiará los gastos por concepto de pasajes aéreos, alojamiento y alimentación;
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 560, "Ley del Poder Ejecutivo", Ley N° 27427, Decreto Supremo N° 048-2001-PCM, modificado con Decreto Supremo N° 053-2001-PCM y Resolución Ministerial N° 009-96-ITINCI/DM, modificada con Resolución Ministerial N° 077-2001-ITINCI/DM;
SE RESUELVE:
Artículo Io.- Autorizar el viaje del Licenciado RAUL DIEZ CANSECO TERRY, Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, a la ciudad de Cartagena de Indias, Colombia, el 15 de agosto del 2001, para que asista a la LVII Asamblea General de Afiliados a la Asociación Nacional de Industriales - ANDI.
Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación.
Artículo 3o.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.
Regístrese, comuniqúese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
ROBERTO DAÑINO ZAPATA
Presidente del Consejo de Ministros
29299(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.