Ley Nº 27106

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Tipo de Norma: Ley

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 27106

DIARIO OFICIAL

Normas Legales

Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe

"AÑO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA"

Lima, domingo 16 de mayo de 1999 AÑO XVH - N° 6900 Pág. 173199

CONGRESO DE LA REPUBLICALEY N° 27106

CARLOS BLANCO OROPEZA

Segundo Vicepresidente encargado

de la Presidencia del Congreso de la República

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA;

Ha dado la ley siguiente:

LEY QUE DEROGA EL DECRETO DE URGENCIA N° 047-98

Artículo Unico.- Objeto de la Ley

Derógase el Decreto de Urgencia N° 047-98 del 19 de setiembre de 1998.

POR TANTO:

En observancia de lo dispuesto por el inciso 19) del Artículo 118° de la Constitución Política del Estado y el inciso d) del Artículo 91° del Reglamento del Congreso, mando que se comunique a la Presidencia del Consejo de Ministros para su publicación y cumplimiento.

En Lima, a los diecinueve días del mes de abril de mil novecientos noventa y nueve.

CARLOS BLANCO OROPEZA

Segundo Vicepresidente encargado

de la Presidencia del Congreso de la República

LUZ SALGADO RUBI ANES DE PAREDES Tercera Vicepresidenta del Congreso de la República

Lima, 10 de mayo de 1999

Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquese y archívese.

VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros

6388

LEY N° 27107

CARLOS BLANCO OROPEZA

Segundo Vicepresidente encargado

de la Presidencia del Congreso de la República

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA;

Ha dado la ley siguiente:

LEY QUE DEROGA EL DECRETO DE URGENCIA N° 060-98

Artículo Unico.- Objeto de la Ley

Derógase el Decreto de Urgencia N° 060-98 del 1 de diciembre de 1998.

POR TANTO:

En observancia de lo dispuesto por el inciso 19) del Artículo 118° de la Constitución Política del Estado y el inciso d) del Artículo 91° del Reglamento del Congreso, mando que se comunique a la Presidencia del Consejo de Ministros para su publicación y cumplimiento.

En Lima, a los diecinueve días del mes de abril de mil novecientos noventa y nueve.

CARLOS BLANCO OROPEZA

Segundo Vicepresidente encargado

de la Presidencia del Congreso de la República

LUZ SALGADO RUBIANES DE PAREDES

Tercera Vicepresidenta del Congreso de la República

Lima, 10 de mayo de 1999

Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquese y archívese.

VICTOR JOY WAY ROJAS

Presidente del Consejo de Ministros

6389

LEY N° 27108

CARLOS BLANCO OROPEZA

Segundo Vicepresidente encargado de la

Presidencia del Congreso de la República

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DEROGA LOS DECRETOS DE URGENCIA N°S. 025-98 Y 001-99

Artículo Unico.- Objeto de la Ley

Deróganse el Decreto de Urgencia N° 025-98 del 18 de junio de 1998 y su modificatoria, Decreto de Urgencia N° 001-99 del 13 de enero de 1999.

POR TANTO:

En observancia de lo dispuesto por el inciso 19) del Artículo 118° de la Constitución Política del Estado y el inciso d) del Artículo 91° del Reglamento del Congreso, mando que se comunique a la Presidencia del Consejo de Ministros para su publicación y cumplimiento.

En Lima, a los diecinueve días del mes de abril de mil novecientos noventa y nueve.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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