Ley Nº 27069

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 27069

DIARIO OFICIAL

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Normas Legales

Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe

"AÑO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA”

Lima, jueves 18 de marzo de 1999 AÑO XVII - N° 6841

Pág.171165

CONGRESO DE LA REPUBLICA

RESOLUCION LEGISLATIVA

N° 27069

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA;

Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:

RESOLUCION LEGISLATIVA QUE AUTORIZA AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPUBLICA A EFECTUAR VIAJES AL EXTERIOR POR UN PLAZO DE TREINTA DIAS

El Congreso de la República, de conformidad con lo prescrito en el inciso 9) del Artículo 102° y en el Artículo 113o de la Constitución Política del Perú, y en la Ley N° 26656, ha resuelto acceder a la petición formulada por el señor Presidente Constitucional de la República y, en consecuencia, autorizarlo para que, en ejercicio de la función presidencial, pueda efectuar viajes al exterior, por un plazo de 30 (treinta) días, a partir del 20 de marzo del presente año.

La presente Resolución Legislativa entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los once días del mes de marzo de mil novecientos noventa y nueve.

RICARDO MARCENARO FRERS Presidente a.i. del Congreso de la República

CARLOS BLANCO OROPEZA

Segundo Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Lima, 16 de marzo de 1999

Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquese y archívese.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República

ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones,

Vivienda y Construcción Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros

3647 PC M

Autorizan viaje del Ministro de Salud a Ecuador para asistir a reunión que contribuirá al fortalecimiento de relaciones de cooperación entre ambos países

RESOLUCION SUPREMA N° 149 99-PCM

Lima, 16 de marzo de 1999

CONSIDERANDO:

Que, el señor Ministro de Salud, doctor Carlos Augusto de Romaña y García, se ausentará del país del 17 al 19 de marzo del presente año, para asistir a una reunión con el Ministro de Salud del Ecuador, en la ciudad de Cuenca, Ecuador, la misma que tiene por objetivo contribuir al fortalecimiento de las relaciones de cooperación existentes entre ambos países, y a la definición de las acciones que, en el marco del Convenio Binacional, se ejecutarán en el año 1999;

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 560 - Ley del Poder Ejecutivo; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo Io.- Autorizar el viaje del doctor Carlos Augusto de Romaña y García, Ministro de Salud, a la ciudad de Cuenca, Ecuador, del 17 al 19 de marzo de 1999, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 2o.- La presente resolución no irroga gasto alguno al Estado, ni da derecho a exoneración o liberación de impuestos de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuniqúese y publíquese.

Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República

ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones,

Vivienda y Construcción Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros

3648

Encargan la Cartera de Salud al Ministro de Educación

RESOLUCION SUPREMA N° 150 99 PCM

Lima, 16 de marzo de 1999

CONSIDERANDO:

Que, el señor Ministro de Salud, doctor Carlos Augusto de Romaña y García, se ausentará del país del 17 al 19 de marzo del presente año, para asistir a una reunión con el Ministro de Salud del Ecuador, en la ciudad de Cuenca, Ecuador, la misma que tiene por objetivo contribuir al fortalecimiento de las relaciones de cooperación existentes entre ambos países, y a la definición de las acciones que, en el marco del Convenio Binacional, se ejecutarán en el año 1999;



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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