Tipo de Norma: Ley
Número: 26949
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26949ruano
por el Libertador Simón Bolívar
Fundado en 1825
DIARIO OFICIAL
Normas Legales
Director: Enrique Sánchez Hernani
Lima, viernes 15 de mayo de 1998 AÑO XVI - N° 6533 Pág. 159825
CONGRESO DE LA REPUBLICALEY N° 26949
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente.
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE MODIFICA EL ARTICULO Io DE LA LEY N° 25209, DE CREACION DEL DISTRITO DE KIMBIRI
Artículo Unico.- Objeto de la Ley.
Modifícase el Artículo Io de la Ley N° 25209, el mismo que queda redactado con el siguiente texto:
"Artículo Io.- Créase en el Departamento del Cusco, en la Provincia de La Convención, el Distrito de Kimbiri con su capital el Centro Poblado Kimbiri, que se eleva a la categoría de Pueblo por la presente Ley."
Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los veinticuatro días del mes de abril de mil novecientos noventa y ocho.
CARLOS TORRES Y TORRES LARA Presidente del Congreso de la República
EDITH MELLADO CESPEDES Primera Vicepresidenta del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de mayo de mil novecientos noventa y ocho.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República
ALBERTO PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros
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ECONOMIA Y FINANZASPrecios FOB de referencia para la aplicación de los derechos específicos correspondientes a la importación de productos agropecuarios
RESOLUCION MINISTERIAL N° 104-98-EF/15
Lima, 13 de mayo de 1998
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Decreto Supremo N° 016-91 -EF, cuya vigencia fue restituida por el Decreto Ley N° 25528y modificatorias, la importación de ciertos productos agropecuarios está sujeta a la aplicación de derechos específicos variables;
Que, por Decreto Supremo N° 114-93-EF, modificado por los Decretos Supremos N°s. 133-94-EF, 99-95-EF, 151-95-EF, 025-96-EF, 080-96-EF y 005-97-EF, vigente a partir del 2 de febrero de 1997, se actualizaron las tablas aduaneras aplicables a las importaciones de los productos a que se refiere el considerando anterior;
Que, corresponde publicar los precios FOB de referencia para la semana comprendida entre el 27 de abril al 3 de mayo de 1998 para el caso del trigo, maíz, arroz y azúcar y del 20 de abril al 3 de mayo de 1998 para los productos lácteos;
De conformidad con el Decreto Supremo N° 133-94-EF;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Publíquese los precios FOB de referencia para la aplicación del derecho específico variable a que se refiere el Decreto Supremo N° 133-94-EF:
PRECIOS FOB DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO N° 133-94-EF)
US$ POR T.M.
Fecha
Trigo
Maíz
Arroz
Azúcar
BDTB
BDTE
BDTK
SULX
Del 27/4 al 3/5
131
110
286
251
PRECIOS FOB DE REFERENCIA DE PRODUC TOS LACTEOS
(DECRETO SUPREMO N° 133-94-EF) (PROMEDIO QUINCENAL)
US$ POR T.M.
Fecha
Leche Entera en Polvo 1 _/
Del 20/4 al 3/5
1,750
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.