Ley Nº 26924

Visualice o descargue la versión PDF de la ley número 26924

Tipo de Norma: Ley

Número: 26924


Visualización de la norma: Ley 26924



Descargar Ley 26924 en PDF -

documento PDF

 26924

VlCAOfo

Fundado en 1825 fpor el Libertador Simón Bolívar

Director: Enrique Sánchez Hernani

Lima, jueves 5 de febrero de 1998 AÑO XVI - N° 6434 Pág. 157041

CONGRESO DE LA REPUBLICA

LEY N# 26925

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:

La Comisión Permanente del Congreso de la República ha dado la Ley siguiente.

LA COMISION PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA;

Ha dado la ley siguiente:

LEY QUE MODIFICA EL CODIGO PROCESAL CIVIL A EFECTO QUE SE CONSIDERE COMO INEMBARGABLE LA INFORMACION CONTENIDA EN SOPORTES MAGNETICOS SOBRE LOS QUE SE DICTE SECUESTRO CONSERVATIVO O EMBARGO

Objeto de la Ley

Artículo Io.- Incorpórase el Artículo 647°A al Código Procesal Civil, en los siguientes términos:

"Artículo 647°A.- Secuestro conservativo sobre bienes informáticos.- En caso de que se dicte secuestro conservativo o embargo, sobre soportes magnéticos, ópticos o similares, el afectado con la medida tendrá derecho a retirar la información contenida en ellos.

Quedan a salvo las demás disposiciones y las medidas que puedan dictarse sobre bienes informáticos o sobre la información contenida en ellos."

Aplicación de la Ley a los procesos en curso

Artículo 2o.- Lo dispuesto en el artículo anterior es de aplicación a los procesos que se siguen conforme al Código de Procedimientos Civiles.

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los dieciséis días del mes de enero de mil novecientos noventa y ocho.

CARLOS TORRES Y TORRES LARA Presidente del Congreso de la República

EDITH MELLADO CESPEDES

Primera Vicepresidenta del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de febrero de mil novecientos noventa y ocho.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República

ALFREDO QUISPE CORREA Ministro de Justicia

1344RESOLUCION LEGISLATIVAN°26924

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA;

Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:

RESOLUCION LEGISLATIVA DE APROBACION DEL ACUERDO INTERNACIONAL PARA LA CREACION DE UNA OFICINA INTERNACIONAL DE EPIZOOTIAS, Y SU ESTATUTO ORGANICO

El Congreso de la República, en uso de las atribuciones que le confieren los Artículos 56° y 102°, inciso 3) de la Constitución Política del Perú, y el Artículo 4o de su Reglamento, ha resuelto aprobar el Acuerdo Internacional para la Creación de una Oficina Internacional de Epizootias, y su Estatuto Orgánico, suscritos por el Perú en la ciudad de París, el 25 de enero de 1924.

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los treinta días del mes de enero de mil novecientos noventa y ocho.

CARLOS TORRES Y TORRES LARA

Presidente del Congreso de la República

OSWALDO SANDOVAL AGUIRRE

Segundo Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE

LA REPUBLICA

Lima, 4 de febrero de 1998

Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquese y archívese.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI

Presidente Constitucional de la República



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


Este sitio usa imágenes de Depositphotos