Ley Nº 26879

Visualice o descargue la versión PDF de la ley número 26879

Tipo de Norma: Ley

Número: 26879


Visualización de la norma: Ley 26879



Descargar Ley 26879 en PDF -

documento PDF

 26879

DIARIO OFICIAL

miaño

Fundado en 1825 ,r por el Libertador Simón Bolívar

Normas Legales

Director: Enrique Sánchez Hernani

"Año de la Reforestación: Cien Millones de Arboles"

Lima, jueves 27 de noviembre de 1997 AÑO XV - N° 6362 Pág. 154867

CONGRESO DE LA REPUBLICA

Ley modificatoria de la Ley N° 26856, sobre sustitución de constitución de servidumbre legal de paso por las playas, por el pago de un derecho anual

LEY N° 26879

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:

El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente.

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA;

Ha dado la ley siguiente:

LEY MODIFICATORIA DE LA LEY N° 26856, SOBRE SUSTITUCION DE CONSTITUCION DE SERVIDUMBRE LEGAL DE PASO POR LAS PLAYAS, POR EL PAGO DE UN DERECHO ANUAL

Artículo Unico.- Deróganse los Artículos 13° y 14°, y la disposición transitoria única de la Ley N° 26856.

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los veintiséis días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y siete.

CARLOS TORRES Y TORRES LARA Presidente del Congreso de la República

EDITH MELLADO CESPEDES

Primera Vicepresidenta del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y siete.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República

ALBERTO PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros

13549

Ley sobre ampliación del plazo del proceso de reorganización de las universidades hasta la aprobación de la Ley Universitaria

LEY N° 26880

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente. El Congreso de la República;

Ha dado la ley siguiente:

LEY SOBRE AMPLIACION DEL PLAZO DEL PROCESO DE REORGANIZACION DE LAS UNIVERSIDADES HASTA LA APROBACION DE

LA LEY UNIVERSITARIA

Artículo Unico.- Amplíase el plazo del proceso de reorganización de todas las universidades, sin excepción, que se encuentran bajo este régimen hasta la promulgación de la nueva Ley Universitaria.

La nueva Ley Universitaria deberá contener un capítulo especial para la adecuación de las universidades en proceso de reorganización a las nuevas normas que se dicten.

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los veintiséis días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y siete.

CARLOS TORRES Y TORRES LARA Presidente del Congreso de la República

EDITH MELLADO CESPEDES Primera Vicepresidenta del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y siete.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República

ALBERTO PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros

13550PC M

Precisan resolución mediante la cual sedesignóa la Presidenta Ejecutiva del IPSS

RESOLUCION SUPREMA N° 607 97-PCM

Lima, 26 de noviembre de 1997

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema N° 384-97-PCM de fecha de 8 de agosto de 1997 se designa a la Presidenta Ejecutiva del Instituto Peruano de Seguridad Social;



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


Este sitio usa imágenes de Depositphotos