Ley Nº 26782

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 26782

DIARIO OFICIAL

Fundado en 1825 Fpor el Libertador Simón Bolívar

Normas Legales

Director: Enrique Sánchez Hernani

"Año de la Reforestación: Cien Millones de Arboles"

Lima, martes 6 de mayo de 1997 AÑO XV - N° 6155 Pág. 149033

CONGRESO DE LA REPUBLICA

Otorgan beneficio tributario a empresas productoras de maquinarias y equipos nuevos de utilizacin directa en el proceso productivo

LEYN” 26782

EL PRESIDENTE DE LAREPUBLICA

PORCUANTO:

El Congreso déla Repoblica ha dadola

Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LAREPUBLICA;

Ha dadolaley siguiente:

Art culol” .-Lasempresasproductorasdemaquinariasy equipos nuevos deutilizaci n directa en el proceso productivo, ubicadas en el pa s,tendrE n derechoaun Cr0 dito Tributario equivalente al 3% del valor de venta de dichos bienes en el mercado interno, con excepci n de todo tipo de repuestosy accesorios, as comodeveh culosdestinadosaltransportede cargaypasajeros.

Lo dispuesto en el pE rrafo anterior no serE aplicableenel casodeempresasproductorasqueseencuentrenexoneradasde derechosarancelariosogocendeunrO gimen especial para su aplicad el

PodrE nhacerusodelbeneficiodelCrO ditoTiibutario,las empresasproductorasaqueserefiereelprimerpE irafodeeste art culo, quegocen delFraceionamientoArancelario, estableci-do en el Decreto Supremo N” 037-96-EF.

Art culo2” ,-S loestarE nsujetasalbeneficiotributario dispuesto en la presente Ley, las empresas quehubieren cumplido con la presentaci ndeladeclaraci n y efectuado el pago del ntegrodelasobligacionestributariascoirientesquecorres-pondan a tributos admin istrados orecaudadospor la Superin-tendenciaNacional de Administraci n Tributaria - SUNAT, cuyovencimientosehubiereproducidodurantelosaltimosdoce meses (12) anteriores alafeeha depresentaci n de la solicitud; conexcepci ndeladeudaacogidaalFraccionamientoEspecial prevista en el Decreto Legislativo IV ’ 848ynormasmodificato-ri as, as como susrespectivas cuotasde Fraccionamiento.

Art culo 3” .-Para tener derecho al Cr0 dito Tributario establecido enlapresente Ley,las empresasdeberE npresentar alaSuperintendendaNacionaldeAdministrad nTributaria-SUNAT- lo siguiente:

a) Solicitud, adjimtandocopiadelasFacturasdeVentay de lasGu asdeRemisi n correspondientes.

b) Declaraci n jurada, indicando que la empresa no se encuentra dentro del supuesto a que se refiere el segundo pE rrafo del Art culol” delapresenteLey.

Art culo 4” .-De ser procedentela solicitud a que se refiere elart culo anterior, la SUNAT emitirE lasNotasdeCr0 díte Negociables a que se refiere el C digoTributario, a favor del beneficiario,porelmontodelCr0 ditoTributarioa que tuviere derecha

Art culo5” .-Constituyeiníracci ntributariasancionable lautilizaci nindebidadelbeneficioestablecidoenlapresente Ley. En este caso, serE deaplicaci n una multa equivalente al dobledelmontodelbeneficiogozadoindebidamente,smpeijui-ciodelarestituci nquedelmismodeberE efectuarelsujeto,mE s losintereses establecidos enelC digoTributario.Asimismoel infractorperderE elderechoaaplicarelCr0 ditoTributaiiopor ventasposteriores,smpeijuieiodelasaccionescivilesypenales quecorrespondan.

Art culo 6” .-EsteCr0 ditoTributarioserE aplicable alas ventasque se realicen apartir de la entrada envigencia de la

presente Ley y hasta el t0 rmino de vigencia precisado en el Art culol” del Decreto SupremoN* 9 037-96-EF.

Art culo 7” .-La presente Ley entrarE en vigencia elide junio de1997.

Dentrodelplazode 15 d ashE biles, depublicadalapresente Ley,elPoder Ejecutivo,medianteDecretoSupremorefrendado por los Ministros de Econom a y Finanzas y de Industria, Turismo, Integraci nyNegociacionesComercialeslhternacio-nales, expedirE el Reglamento correspondiente, en el que se pr ecisarE la cobertura de los bienes que darE n derecho al Cr0 ditoTributario a que serefi ere elArt culol” delapresente Ley,as comolosmontosm nimosparasolicitarelotorgamiento deíCr0 ditoTiibutarioydemE sdisposicionesreglamentarias queresultennecesariasparasumejorapUcaci n.

Común quese alseae or Presidente déla Repctohcaparasu promulgaci n.

EnLima,alprimerd adelmesdemayodemilnovecientos noventay siete.

VICTORJOYWAYROJAS Presidente delCongresodelaRepablica

CARLOS TORRES YTORRES LARA PrimerVicepresidentedel Congresodela Repoblica

ALSE ORPRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LAREPUBLICA

PORTANTO:

Mando sepubliquey cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco d as del mesdemayodemilnoveeientosnoventaysiete.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Repoblica

ALBERTO PANDOLFIARBULU PresidentedelConsejodeMinistros

JORGE CAMET DICKMANN Ministro de Econom ay Finanzas

5081

FE DE ERRATAS LEYN” 26777

Fe de Erratas de la Ley N” 26777, publicada en nuestra edici ndel3demayodel997,pE ginal48977.

Art culo6” .-TercerPE rrafo,primeral nea.

DICE:

"Cada una de las seis (6) cuotas mensuales serE equivalente"

DEBE DECIR:

’Cadaunadelas seis (6) cuotasrestantesserE equivalente" 5080

P C M

Autorizan viaje de funcionaría de PR0MPERU para que participe en evento de promociíi turística a realizarse en los EE.UU.

RESOLUCION SUPREMA N” 189-97-PCM

Lima, 5 demayode 1997



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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