Ley Nº 26726

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 26726

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NORMAS LEGALES

Unía, domingo 29 de diciembre de 1996

dente del Comité Especial de Privatización de la Empresa Petróleos del Perú S.A.

establecido por dicha norma, sólo podrán determinar el importe de las tasas por servicios públicos o arbitrios, tomando como base el monto de las tasas cobradas por servicios públicos o arbitrios al 1 de enero del año fiscal anterior reajustado con la aplicación de la variación acumulada del Indice de Precios al Consumidor, vigente en la Capital del Departamento o en la Provincia Constitucional del Callao, correspondiente a dicho ejercicio fiscal."

Artículo 4o.- Derógase o déjase sin efecto las Disposiciones que se opongan a la presente Ley.

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los diecisiete días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y seis.

VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Congreso de la República

CARLOS TORRES Y TORRES LARA Primer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de diciembre de mü novecientos noventa y seis.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República

ALBERTO PANDOLFIARBULU Presidente del Consejo de Ministros

JORGE CAMET DICKMANN Ministro de Economía y Finanzas

Disponen aprobar denuncias de convenios sobre trabajo nocturno y empleo de mujeres en los trabajos subterráneos de toda clase de minas

RESOLUCION LEGISLATIVAN° 26726 EL CONGRESO DE LA REPUBLICA;

Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:

El Congreso de la República, en uso de las atribuciones que le confiere el tercer párrafo del Artículo 57° de la Constitución Política, el segundo párrafo del Artículo T de la Ley N° 26647 y el Artículo 4o de su Reglamento, ha resuelto aprobar las Denuncias de los Convenios: 4, sobre el Trabajo Nocturno de las Mujeres; 41, que revisa el Convenio 4 y 45, sobre el Empleo de las Mujeres en los Trabajos Subterráneos de toda clase de Minas, aprobadas por Resolución Legislativa N° 10195 del 23 de marzo de 1945.

Comuniqúese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los catorce días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y seis.

VICTOR JOY WAY ROJAS

Presidente del Congreso de la República

CARLOS TORRES Y TORRES LARA

Primer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA.

Lima, 27 de diciembre de 1996.

Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquese y archívese.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República

JORGE GONZALEZ IZQUIERDO Ministro de Trabajo y Promoción Social Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores

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Aceptan renuncia y designan Presi-

RESOLUCION SUPR1 N° 405-96-PCM

Lima, 28 de diciembre de 1996

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución Suprema N° 124-96-PCM se designó al señor Armando Echeandía Luna como Presidente del Comité Especial de Privatización déla empresa Petróleos del Perú SA. - PETROPERU;

Que, el Sr. Armando Echeandía Luna ha presentado renuncia a dicho cargo;

De conformidad con el Decreto Legislativo N°560, Ley del Poder Ejecutivo; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo Unico.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Armando Echeandía Luna al cargo de Presidente del Comité Especial de Privatización de la empresa Petróleos del Perú S.A. - PETROPERU, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Regístrese, comuniqúese y publíquese.

Rúbrica dei Ing. Alberto Fujimori

Presidente Constitucional de la República

ALBERTO PANDOLFI ARBULU

Presidente del Consejo de Ministros y

Ministro de Energía y Minas

JORGE GONZALEZ IZQUIERDO

Ministro de Trabajo y Promoción Social

JORGE CAMET DICKMANN Ministro de Economía y Finanzas

RESOLUCION SUPREMA N° 496-96-PCM

Lima, 28 de diciembre de 1996

CONSIDERANDO:

Que, se encuentra vacante el cargo de Presidente del Comité Especial de Privatización de la empresa Petróleos del Perú S.A. - PETROPERU;

Que, en consecuencia, es necesario designar al funcionario que ocupará dicho cargo;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 560, Ley del Poder Ejecutivo; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo 1“.-Designar al señor JORGE KAWAMURA ANTICH como Presidente del Comité Especial de Privatización de la empresa Petróleos del Perú S A. - PETROPERU.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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