Tipo de Norma: Ley
Número: 26723
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26723pág. 145514 €1peruano
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 28 de diciembre de 1996
Prorrogan plazo establecido en artículo de la Ley N9 26421, referido a las comisiones liquidadoras de las empresas declaradas en disolución por la Corte Suprema
LEY N° 26723
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
El Congreso de la República ha dado La Ley siguiente;
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA;
Ha dado la ley siguiente:
u Articulo Unico.- Prorrogúese por un año a partir del 2 de enero de 1997, el plazo establecido en el Artículo 8o de la I¿y N°26421, referido a las Comisiones Liquidadoras délas empresas declaradas en disolución por la Corte Suprema.
.. Comuniqúese al señor Presidente de la República para
su promulgación.
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o En Lima, a los catorce días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y seis.
VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Congreso de la República
CARLOS TORRES Y TORRES LARA Primer Vicepresidente del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y seis.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República
ALBERTO PANDOLFIARBULU Presidente del Consejo de Ministros
JORGE CAMET DICKMANN Ministro de Econoniía y Finanzas
Incorporan recuraos en el Presupuesto del Gobierno Central para el ejerciólo fiscal 1996, en favor del MTC
- DECRETO DE URGENCIA N° 117-96 EL PRESIDENTE DEfLA REPUBLICA
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... CONSIDERANDO:
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1 Que, mediante Decreto Legislativo N° 507 se aprobó la operación de endeudamiento concertada entre la República del Perú y el Instituto Céntrale per i) Crédito a Medio Termine (Medio Crédito Céntrale) por el monto de Cien Millones de Dólares Americanos (US$ 100 000 000,00), destinados a financiar el Proyecto Especial Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, cuya ejecución eetá a cargo de la Autoridad Autónoma de dicho Proyecto;
- Que, por Decretq Supremo N° 007-89-MIPRE se aprobó eü Contrato suscrito entre la Autoridad Autónoma del
Proyecto Especial Sistema Eléctrico - AATE y el Consorcio Italiano TRALTMA, para el suministro, instalación y montaje del equipamiento para la puesta en marcha del primer tramo, comprendido entre la Estación Velasco Al varado del distrito de Vüla El Salvador y la Estación Atocongo del distrito de San Juan de Miraflores;
Que, con Decreto de Urgencia N° 051-96 de fecha 19.7.1996 se incorporó en el Presupuesto del Gobierno Central para el Ejercido Fiscal 1996, la suma de US$ 475 720,34 equivalente a SA 1118 000,00, correspondiente al saldo del Endeudamiento Externo concertado, pendiente de ejecutar al 31 de didembre de 1995;
Que, con cargo a) citado saldo es necesario incorporar en el Presupuesto del Pliego Ministerio de Transportes, Comu-nicadones, Vivienday Construcción para el Ejercido Fiscal de 1996, la suma de Si. 20 781,00 producida por efectos de la variadón cambiaría;
Que, estando a lo expuesto en los considerandos precedentes, resulta necesario dictar la medida presupuestaria correspondiente;
En uso de las facultades conferidas por el inciso 19) del Artículo 118° de la Constitución Política del Perú;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y,
Con cargo de dar cuenta al Congreso;
DECRETA:
f
Artículo Io.-Incorpórase en el Presupuesto del Gobierno Central para el Ejercicio Fiscal 1996, la suma de Si. 20 781,00 (VEINTE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y UNO CON 00/100 NUEVOS SOLEIS), correspondiente a la diferencia en el tipo de cambio, a que refiere la parte considerativa, conforme al detalle siguiente:
VOLUMEN TITULO I
01 GOBIERNO CENTRAL INGRESOSCAPITULO III : ENDEUDAMIENTO
20 781,00
2.0.02.3.0
2.3.4
2.3.4.022
TITULO H GASTOS DE CAPITAL
SECTOR
PLIEGO
INGRESOS DE CAPITAL
ENDEUDAMIENTO
EXTERNO
SISTEMA ELECTRICO TRANSPORTE MASIVO CREDITO ITALIANO
EGRESOS015 TRANSPORTES, COMUNICACIONES, VIVIENDA Y CONSTRUCCION
015 MINISTERIO DE TRANSPORTES, COMUNICACIONES, VIVIENDA Y CONSTRUCCION
20 78t,00
20 781,00
PROGRAMA
: 05 SISTEMA ELECTRICO DE TRANSPORTE MASIVO
PROYECTO
131001
i
OBRAS TREN ELECTRICO
t
20 781,00
FUENTE DE
FINANCIA-
MIENTO
: ENDEUDAMIENTO EXTERNO
ASIGNACION
GENERICA
09.00
: BIENES DE CAPITAL
20 781,00
Artículo 2o.- Dentro de los cinco (5) días calendario a partir de la publicación del presente Decreto de Urgencia, por resolución del Titular del Pliego Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, se aprobará la desagregación del monto autorizado a nivel de Asignaciones Especificas, de acuerdo al procedimiento establecido en la Directiva N° 001-96-EF/76.01, Dicha Resolución será transcrita a los Organismos que señala el Artículo 57° de la Ley N° 26199.
Artículo 3o.- El presente Decreto de Urgencia entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, y será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economía
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.