Ley Nº 26473

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 26473

Autorizan al Ministerio del Interior a reestructurar la Dirección de Migraciones y

Naturalización

Ley N° 26473

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:

El Congreso Constituyente Democrático ha dado la Ley siguiente:

Artículo lo.- Autorízase al Ministerio del Interior a reestructurar la Dirección de Migraciones y Naturalización de la Dirección General de Gobierno Interior del Ministerio del Interior.

Artículo 2o.- La Dirección de Migraciones y Naturalización pasará a depender funcional y administrativamente de la Alta Dirección y tendrá el nivel orgánico de Dirección General.

Artículo 3o.-Autorizar al Ministerio del Interior para que formule los documentos de gestión institucional pertinentes así como, modificar, recategorizar las 340 plazas con las que cuenta en la actualidad y facultándole cubrir las vacantes pendientes de provincias, mediante nombramientos de personal, exceptuándosele de lo establecido en el artículo 19o I, inciso a) y c) de la Ley No 26404 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 1995.

Artículo 4o.- El Ministerio de Economía y Finanzas transferirá los recursos presupuestarios necesarios para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ley.

Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los treintiún días del mes de mayo de mil novecientos noventa y cinco.

JAIME YOSHIYAMA

Presidente del Congreso Constituyente Democrático CARLOS TORRES Y TORRES LARA

Primer Vicepresidente del Congreso Constituyente Democrático

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de junio de mil novecientos noventa y cinco.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República

JUAN BRIONES DAVILA Ministro del Interior

FERNANDO VEGA SANTA GADEA Ministro de Justicia

Encargado de la Cartera de Economía y Finanzas



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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