Ley Nº 26383

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 26383

Derogan la Ley N° 25110

Ley N° 26383

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:

El Congreso Constituyente Democrático ha dado la Ley siguiente:

Artículo lo.- Derógase la Ley No. 25110.

Artículo 2o.- La presente Ley entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano" y deroga y deja sin efecto todos los dispositivos que se opongan a la misma.

Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.

JAIME YOSHIYAMA

Presidente del Congreso Constituyente Democrático CARLOS TORRES Y TORRES LARA

Primer Vicepresidente del Congreso Constituyente Democrático

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y cuatro.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República

EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER

Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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