Tipo de Norma: Ley
Número: 2635
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02635LEY N°. 2635
Conservación y mejora de los caminos del valle dcMarcapata, en la provincia
de Quispicanchi
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana.
Ha dado la ley siguiente:
Artículo l9—Consígnese en el Presupuesto Departamental del Cuzco, permanentemente, la cantidad de cien libras peruanas de oro anuales, con destino á la conservación y mejora de los caminos del valle de Marcapata de la provincia de Quispicanchi.
Artículo 2.°—La Junta Departamental del Cuzco atenderá en la forma más
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.