Ley Nº 2635

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Tipo de Norma: Ley

Número: 2635


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 02635

LEY N°. 2635

Conservación y mejora de los caminos del valle dcMarcapata, en la provincia

de Quispicanchi

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:

El Congreso de la República Peruana.

Ha dado la ley siguiente:

Artículo l9—Consígnese en el Presupuesto Departamental del Cuzco, permanentemente, la cantidad de cien libras peruanas de oro anuales, con destino á la conservación y mejora de los caminos del valle de Marcapata de la provincia de Quispicanchi.

Artículo 2.°—La Junta Departamental del Cuzco atenderá en la forma más



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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