Tipo de Norma: Ley
Número: 2633
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02633LEY N.° 2633
Colocación de un puente de fierro sobre el río]Apurímac, en el lugar denominado “Collcha”
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para que disponga lo necesario á su cumplimiento.
Dada en la sala de sesiones del Congreso, en Lima, á los veinte y ocho días del mes de noviembre de mil novecientos
diez v siete.
*0
J. C. Bernales, Presidente del Senado. —Juan Pardo, Diputado Presidente.— Andrés Vivanco, Pro-Secretario del Senado.— Luis A. Carrillo, Diputado Secretario.
Al Señor Presidente de la República.
El Congreso de la República Peruana•
Ha dado la ley siguiente:
Por tanto: mando se imprima, publique y circule, y se le dé el debido cumplimiento.
Artículo único.—Consígnese en el Presupuesto Departamental del Cuzco, durante los años de 1918 y 1919 la cantidad de doscientas libras peruanas de oro en cada uno de ellos, destinada á sufragar los gastos que demande la colocación de un puente de fierro sobre el río Apurímac, en el lugar denominado «Coll-cha».
Dado en la casa de Gobierno, en Lima, á los catorce días del mes de diciembre de mil novecientos diez y siete.
José Pardo.
Baldomero F- Maldonado•
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.