Ley Nº 26303

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Número: 26303


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 26303

Dictan norma para la clasificación e identificación de las Leyes Orgánicas en

nuestro ordenamiento jurídico

Ley N° 26303

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:

El Congreso Constituyente Democrático ha dado la Ley siguiente:

Artículo lo.- Para los efectos de su clasificación e identificación en el ordenamiento jurídico nacional, las Leyes Orgánicas a que se refiere el artículo 106o. de la Constitución Política del Estado, se designan con la expresión "Ley Orgánica", seguida del número ordinal que le corresponde.

Artículo 2o.- La presente ley entra en vigencia al siguiente día de su publicación.

Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los veinte días del mes de Abril de mil novecientos noventa y cuatro.

JAIME YOSHIYAMA

Presidente del Congreso Constituyente Democrático CARLOS TORRES Y TORRES LARA

Primer Vicepresidente del Congreso Constituyente Democrático

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de mayo de mil novecientos noventa y cuatro.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República

FERNANDO VEGA SANTA GADEA Ministro de Justicia

Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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