Ley Nº 26210

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 26210

Aprueban el Convenio sobre Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones entre

Estados y Nacionales de otros Estados

Resolución Legislativa N° 26210

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:

El Congreso Constituyente Democrático ha dado la Resolución Legislativa siguiente:

El Congreso Constituyente Democrático, en uso de la atribución que le confieren los artículos 102o. y 186o. inciso 3) de la Constitución Política del Perú y el artículo 2o. de su Reglamento, ha resuelto aprobar el Convenio sobre Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones entre Estados y Nacionales de otros Estados, suscrito por el Perú, el 04 de Setiembre de 1991.

Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los dos días del mes de Julio de mil novecientos noventa y tres.

JAIME YOSHIYAMA

Presidente del Congreso Constituyente Democrático CARLOS TORRES Y TORRES LARA

Primer Vicepresidente del Congreso Constituyente Democrático

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA Lima, 09 de julio de 1993

Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquese y archívese.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República

OSCAR DE LA PUENTE RAYGADA

Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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