Tipo de Norma: Ley
Número: 26196
Estado: Vigente
Promulgada: 09-06-1993*
Esta ley Modifica el Decreto Legislativo No 689.
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 26196Modifican el D. Leg. N° 689, Ley para la contratación de trabajadores extranjeros
Ley N° 26196
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
El Congreso Constituyente Democrático ha dado la Ley siguiente:
ARTICULO UNICO.- Sustitúyase el artÃculo 5o. del Decreto Legislativo No. 689 por el siguiente:
"ArtÃculo 5o.- Los contratos de trabajo a que se refiere la presente Ley deberán ser celebrados por escrito y a plazo determinado, por un perÃodo máximo de 3 años prorrogables, sucesivamente, por perÃodos iguales, debiendo constar además, el compromiso de capacitar al personal nacional en la misma ocupación. La autoridad competente al otorgar la visa correspondiente tendrá en cuenta el plazo de duración del contrato".
Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los veintiocho dÃas del mes de Mayo de mil novecientos noventa y tres.
JAIME YOSHIYAMA
Presidente del Congreso Constituyente Democrático CARLOS TORRES Y TORRES LARA
Primer Vicepresidente del Congreso Constituyente Democrático
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve dÃas del mes de junio mil novecientos noventa y tres.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República
OSCAR DE LA PUENTE RAYGADA
Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores
FERNANDO VEGA SANTA GADEA Ministro de Justicia
AUGUSTO ANTONIOLI VASQUEZ Ministro de Trabajo y Promoción Social
(*) Las leyes entran en vigencia al dÃa siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor perÃodo en todo o una parte.