Ley Nº 26122

Visualice o descargue la versión PDF de la ley número 26122

Tipo de Norma: Ley

Número: 26122


Visualización de la norma: Ley 26122



Descargar Ley 26122 en PDF -

documento PDF

 26122

Ley sobre represión de la competencia desleal

CAP1TUIX) II

DEL LISTADO ENUNCIATIVO DE ACTOS DE

COMPETENCIA DESLEAL

DECRETO LEY IT 26122

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:

El Gobierno de Emergencia y Reconstrucción Nacional;

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; Ha dado el Decreto Ley siguiente:

LEY SOBRE REPRESION DE LA COMPETENCIA

DESIjEAL

TITULO I

FINALIDAD, AMBITO DE APLICACION, RELACION DE COMPETENCIA Y ACREDITACION DEL

DAÑO

ARTICULO IV La presente Ley tiene por objeto evitar, desalentar y sancionar los aetos contrarios a la libre competencia en actividades económicas.

ARTICULO 2V La presente Ley será de aplicación a todas las personas naturales o jurídicas, sean de derecho público o de derecho privado, incluidas las asociaciones sin fines de lucro, sociedades de hecho, gremios o cualquier otra que realice actividades económicas.

ARTICUIiOaVE stn Ley se nnlicn exclusivamente n los actos de competencia desleal que se realicen en el territorio nacional o en las importaciones de los

bienes al país.

No es aplicación esta norma a los actos comprendidos en el ámbito del Decreto Supremo 133-91-EF, sus disposiciones modificatorias,nmpliatoriasy conexas.

ARTICULO 4o.- No se considerará como acto de competencia desleal la imitación de prestacioneso iniciativas empresariales ajenas, salvo en ló que en esta Ley dispone o en lo que lesione o infrinja un derecho de exclusiva reconocido por la Ley.

ARTICULO 5o.-Para la calificación del acto de competencia desleal no se requerirá acreditar un daño efectivo o un comportamiento doloso, bastando el perjuicio potencial c ilícito al competidor, a los consumidores o al orden públióo.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior, se considerará acto de competencia desleal grave el que se encuentre específicamente dirigido a alejar o sustraer ilícitamente la clientela de un competidor.

TITULO II

ACTOS I)E COMPETENCIA DESLEAL

CAPITULO I

DE LA CLAUSULA GENERAL

ARTICULO6o.-So considera acto de competencia desleal y, en consecuencia, ilícito y prohibido, toda conducta que resulte contraria a la Dueña fe comercial, al normal desenvolvimiento de actividades económicas y, en general, a las normas de corrección que deben regir en las actividades económicas.

ARTICUIX) 7o.- Son actos desleales los destinados a crear con fusión, reproducir, imitar, engañar, inducir a error, denigrar, desacreditar la actividad, productos, prestacioneso establecimientos ajenos, efectuar comparacionesi na propiadas, violar secretos de producción o de comercio, aprovechar indebidamente la reputación ajena y, en general, cualquier acloque por su naturaleza o finalidad pueda considerarse análogo o asimilable a aquellos que enunciativamente se señalan en el presente Capítulo.

ARTICULO fi0.- Actos de confusión: Se considera desleal toda conducta destinada a crear con fusión con la actividad, las prestaciones, los productos o el establecimiento aieno.

El riesgo de confusión a que se vean expuestos los consumidores respecto de la procedencia empresarial de la actividad, producto, establecimiento o prestación es suficiente para determinar la desleaftnd de una práctica.

ARTICULO 9°.- Actos de engaño: Se considera desleal la utilización o difusión de indicaciones incorrectas o falsas, la omisión de las verdaderas y cualquier otro tipo de práct ica que por las circunstancias en que tenga lugar, sea susceptible de inducir a error a las personas a las que se dirige o alcance respecto a la naturaleza, modo de fabricación o distribución, características, aptitud para el uso, calidad y cantidad, y 'li general, las ventajas realmente ofrecidas por los productos o prestaciones.

En especial, se considera desleal ostentar o afirmar la posesión de momios, distinciones, medallas o certificados de cualquier naturaleza que no se han obtenido, o no tuvieran vigencia, particularmente en publicidad o en etiquetas, envases, recipientes o envolturas.

ARTICUIX) 10°.- Actos prohibidos respecto a la procedencia geográfica: Se considera desleal la realización de actos o la utilización de expresiones que puedan inducir a error sobre la procedencia geográfica de un producto o de un servicio.

En particular, se reputa desleal el empleo de falsas indicaciones de procedencia y de falsas denominaciones de origen, así como el empleo no autorizado de denominaciones de origen, aún cuando se acompañen expresiones tales como tipo, modelo, sistema, clase, variedad, u otro similar.

ARTICUIX) IIo.- Acto» de denigración: Se considera desleal la propagación de noticias o la realización o difusión de manifestaciones sobre la actividad, al producto, las prestaciones, el establecimiento o los

relaciones mercantiles de un tercero o de sus gestores, que puedan menoscabar su crédito en el mercado i no ser que sean exactas, verdaderas y pertinentes.

Califican dentro de lo dispuesto en el párrafo interior, entre otras, las manifestaciones que refieran n la nacionalidad, las creencias o ideología, la intimidad, la vida privada o cualesquiera otras circunstancias estrictamente personales del afectado.

ARTICULO 12°.- Actos de comparación: Se consillera desleal la comparación de la actividad, los productos, las prestaciones o el establecimiento propios :> ajenos con los de un tercero cuando aquella se sustente en afirmaciones falsas o no comprobables.

La comparación no deberá crear confusión, ser engañosa ni denigrante a tenor de lo dispuesto en los artículos 9°, 10° y 11° de la presente Ley.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


Este sitio usa imágenes de Depositphotos