Ley Nº 2610

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Tipo de Norma: Ley

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 02610

LEY Nu. 2610

Canalización de las acequias de la ciudad del Cuzco

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:

El Congreso de la República Peruana,

Ha dado la ley siguiente:

Artículo único._ Vétese en el Presupuesto Generalde la República durante los años de 1918 y 1919, la cantidad de diez mil libras peruanas de oro en cada uno de ellos,destinada á la canalización de las acequias de la ciudad del Cuzco; obra que se llevará á cabo por administración ó por remate, bajo la dirección y vigilancia de la «Junta de Canalización del río Huatana3r».

Comuníauese al Poder Fieentivo nara



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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