Tipo de Norma: Ley
Número: 2606
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02606LEY N< 2606
Adquisición de un terreno para local del Centro Escolar de mujeres de la ciudad de Caraaná
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Por cuanto el Congreso ha dado la le}- siguiente:
El Congreso de la República Peruana.
Ha dado la le}- siguiente:
Artículo l9—Autorízase al Poder Ejecutivo para que adquiera un terreno en la ciudad de Camaná, capital de la provincia de su nombre, destinado á la construcción de un local para el Centro Escolar de mujeres.
Artículo 29—La obra á que se hace referencia en el artículo anterior se llevará
á cabo por el Poder Ejecutivo, previa aprobación de los planos y presupuestos que presente el Ingeniero de Estado, á quien se encomiende su estudio.
Artículo 39—Consígnese, con tal fin, en el Presupuesto General de la República, la cantidad de cuatrocientas libras peruanas de oro.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para que disponga lo necesario á su cumplimiento.
Dada en la sala de sesiones del Congreso, en Lima, á los veinte y ocho días del mes de noviembre de mil novecientos diez v siete.
J. C. Bernales, Presidente del Senado. —Juan Pardo, Diputado Presidente.-— Andrés Vivarte o, Senador Pro-Secretario.
—Santiago D. Par odi. Diputado Secretario.
Al señor Presidente de la República.
Por tanto: mando se imprima, publique y circule, y se le dé el debido cumplimiento.
Dado en la casa de Gobierno, en Lima, á los cuatro días del mes de diciembre le mil novecientos diez y siete.
José Pardo.
R. L. Flórez•
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.