Tipo de Norma: Ley
Número: 25900
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25900Desactivan a la Autoridad Autónoma del Proyecto Especial Atención Primaria y Servicios Básicos de Salud
DECRETO LEY N* 26900 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
El Gobierno de Emergencia y Reconstrucción Nacional;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto Ley siguiente:
Artículo 1®.- Desactívase a la Autoridad Autónoma del Proyecto Especial Atención Primaria y Servicios Básicos do Sulud, crcnda por Decreto Supremo N° 005-86-SA.
Artículo 2®.- Transflórase al Programa Nacional de Mantenimiento y Equipamiento - PRONA-ME-, creado por Decreto Supremo N'} 002-92-SA, los recursos materiales, presupuéstales, financieros y acervo técnico y documentarlo de la referida Autoridad Autónoma.
Asimismo, liquidase conformo a Ley al porsonal que presta servicios en dicha dependencia.
Artículo 3®.- Por Decreto Supremo, con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, se dictarán las medidas complementarias que requiera la mejor aplicación del presente Decreto Ley.
Artículo d®.- Deróganse las disposiciones que se opongan a lo dispuesto en este Decreto Ley.
Artículo 5®.- El presente Decreto Ley entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".
ALBERTO VARILLAS MONTENEGRO Ministro de Educación
MAXIMO MANUEL VARA OCHOA Ministro de la Presidencia
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Lima, 27 de noviembre de 1992
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República
OSCAR DE LA PUENTE RAYO ADA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores
VICTOR PAREDES GUERRA Ministro de Salud
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de noviembre de inií novecientos noventidós.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República
OSCAR DE LA PUENTE RAYGADA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores
VICTOR MALCA VILLANUEVA Ministro de Defensa
CARLOS BOLON A BEHR Ministro de Economía y Finanzas
JUAN BRIONES DAVILA Ministro del Interior
FERNANDO VEGA SANTA GADEA Ministro de Justicia
VICTOR PAREDES GUERRA Ministro de Salud
ABSALON VASQUEZ VILLANUEVA
Ministro de Agricultura
JORGE CAMET DICKMANN
Ministro de Industriu, Turismo, Integración y
Negociaciones Comerciales Internacionales
DANIEL HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energía y Minas
AUGUSTO ANTONIOLI VASOUEZ Ministro de Trabajo y Promoción Social
ALFREDO ROSS ANTEZANA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción
JAIME SOBERO TAIRA Ministro de Pesquería
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.