Ley Nº 25900

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 25900

Desactivan a la Autoridad Autónoma del Proyecto Especial Atención Primaria y Servicios Básicos de Salud

DECRETO LEY N* 26900 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:

El Gobierno de Emergencia y Reconstrucción Nacional;

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto Ley siguiente:

Artículo 1®.- Desactívase a la Autoridad Autónoma del Proyecto Especial Atención Primaria y Servicios Básicos do Sulud, crcnda por Decreto Supremo N° 005-86-SA.

Artículo 2®.- Transflórase al Programa Nacional de Mantenimiento y Equipamiento - PRONA-ME-, creado por Decreto Supremo N'} 002-92-SA, los recursos materiales, presupuéstales, financieros y acervo técnico y documentarlo de la referida Autoridad Autónoma.

Asimismo, liquidase conformo a Ley al porsonal que presta servicios en dicha dependencia.

Artículo 3®.- Por Decreto Supremo, con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, se dictarán las medidas complementarias que requiera la mejor aplicación del presente Decreto Ley.

Artículo d®.- Deróganse las disposiciones que se opongan a lo dispuesto en este Decreto Ley.

Artículo 5®.- El presente Decreto Ley entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

ALBERTO VARILLAS MONTENEGRO Ministro de Educación

MAXIMO MANUEL VARA OCHOA Ministro de la Presidencia

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Lima, 27 de noviembre de 1992

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República

OSCAR DE LA PUENTE RAYO ADA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores

VICTOR PAREDES GUERRA Ministro de Salud

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de noviembre de inií novecientos noventidós.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República

OSCAR DE LA PUENTE RAYGADA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores

VICTOR MALCA VILLANUEVA Ministro de Defensa

CARLOS BOLON A BEHR Ministro de Economía y Finanzas

JUAN BRIONES DAVILA Ministro del Interior

FERNANDO VEGA SANTA GADEA Ministro de Justicia

VICTOR PAREDES GUERRA Ministro de Salud

ABSALON VASQUEZ VILLANUEVA

Ministro de Agricultura

JORGE CAMET DICKMANN

Ministro de Industriu, Turismo, Integración y

Negociaciones Comerciales Internacionales

DANIEL HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energía y Minas

AUGUSTO ANTONIOLI VASOUEZ Ministro de Trabajo y Promoción Social

ALFREDO ROSS ANTEZANA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción

JAIME SOBERO TAIRA Ministro de Pesquería



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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