Tipo de Norma: Ley
Número: 25883
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25883Autorizan al Ministro de Economía y Finanzas a negociar y suscribir convenios bilaterales para evitar la doble imposición y prevenir la evasión tributaria
DECUETO LEY 28883
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Gobierno de Emergencia y Reconstrucción
Nacional;
Con el Voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto Ley siguiente:
Artículo IV Autorízase al Ministro de Economía y Finanzas a negociar y suscribir con terceros países, en representación del Gobierno Peruano, convenios bilaterales ¡jara evitar la doble imposición y preve-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.