Ley Nº 25866

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 25866

Autorizan una transferencia de partidas en el presupuesto del Sector Público a favor del Sector Justicia

Aprobación, Ejecución y Control y Evaluación del Presupuesto del Sector Público. Dicha Resolución será transcrita a los organismos que señala el Artículo 13° del Decreto Ley N8 25572.

DECRETO LEY N* 25866 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Artículo 4*.- El presente Decreto Ley entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

34,700.00

360,200.00

POR CUANTO:

El Gobierno de Emergencia y Reconstrucción

Nacional;

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto Ley siguiente:

Artículo 1.- Autorízase^ por excepción y iónica vez una operación de transferencia de partidaB por la suma de SEISCIENTOS SETENTÍOCHO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 678,880.00), en el presupuesto del Sector Público nara el Ejercicio Presupuestal de 1992 con cargo a la Reserva Financiera previsto en el Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle:

VOLUMEN

01

: Gobierno Central

TITULO

II

: Egresos

FUENTE DE

FINANC1 AMIENTO

: Tesoro Público

DEL:

SECTOR

09

: Economía y Finanzas

PLIEGO

09

: Ministerio de Econo

PROGRAMA

02

mía y Finanzas : Haciendo

SUBPROGRAMA

006

: Presupuesto Público

ASIGNACION

(EN NUEVOS SOLES)

04.00

TRANSFERENCIAS

CORRIENTES

04.20 OTRAS

678,880.00

TOTAL

: 678,880.00

AL:

SECTOR

06

: Justicia

PLIEGO

06

: Ministerio de Justicia

PROGRAMA

01

: Central

SUBPROGRAMA

001

: DIGA - Lima

ASIGNACIONES

GENERICAS

(EN NUEVOS SOLES)

02.00 BIENES

03.00 SERVICIOS

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de noviembre de mil novecientos no-ventidós.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI

Presidente Constitucional de la República

OSCAR DE LA PUENTE RAYGADA

Presidente del Consejo de Ministros y Ministro

de Relaciones Exteriores

VICTOR MALCA VILLANUEVA

Ministro de Defepsa

CARLOS BOLONA BEHR

Ministro de Economía y Finanzas

JUAN BRIONES DAVILA

Ministro del Interior

FERNANDO VEGA SANTA GADEA

Ministro de Justicia VICTOR PAREE ES GUERRA Ministro de Salud

AB SALON VASQUEZ VILLANUEVA Ministro de Agricultura JORGE CAMET DICKMANN

Ministro de Industria, Comercio Interior, Turismo e Integración

DANIEL HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energía y Minas AUGUSTO ANTONIOLI VASQUEZ Ministro de Trabajo y Promoción Social ALFREDO ROSS ANTEZANA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción JAIME SOBERO TAIRA Ministro de Pesquería ALBERTO VARILLAS MONTENEGRO Ministro de Educación MAXIMO MANUEL VARA OCHOA Ministro de la Presidencia

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Lima, 18 de noviembre de 1992

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República OSCAR DE LA PUENTE RAYGADA Presidente del ConBejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores CARLOS BOLONA BEHR Ministro de Economía y Finanzas FERNANDO VEGA SANTA GADEA Ministro de Justicia

283,980.00

14.00 BIENES DE CAPITAL NO LIGADOS A PROYECTOS DE INVERSION :

TOTAL

678,880.00

Artículo 2*.- Exceptúase al Ministerio de Justi-

cia de lo dispuesto por los Artículos 19° y 20° de la Ley N° 25388 para que bajo la modalidad de concurso público por invitación efectúe la adquisición de bienes y contratación de servicios temporales especializados para el acondicionamiento, remodelación, refacción e implementación de las instalaciones del local transferido mediante Decreto Ley N8 26666.

Artículo 3*.- Mediante resolución del titular del pliego y en un plazo no mayor de cinco (5) días de aprobado el presente Decreto Ley, se aprobará la desagregación a nivel de programa, mbnro grama, asignaciones genéricas y específicas del monto transferido, de conformidad con lo establecido en la Directiva N9 006-92-EF/76.01, Complementaria de



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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