Ley Nº 25812

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 25812

Comprenden dentro de los alcances del Proceso de Evaluación y Ratificación dispuesto por el D.L. Ns 25446, a los,Secretarios y Relatores de Sala, Oficiales Auxiliares de Justicia, Secretarios Generales, Secretarios Administrativos de Corte y personal auxiliar y administrativo del Poder Judicial

DECRETO LEY N» 26*12

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Gobierno de Emergencia y Reconstrucción

Nacional;

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto Ley siguiente:

Artículo ls.- Compréndase dentro de los alcances del Proceso de Evaluación y Ratificación dispuesto por Decreto Ley N“ 25446, ampliado por Decretos Leyes Nos. 25718 y 25797, a los Secretarios y Relatores de Sala, Oficiales Auxiliares de Justicia, Secretarios Generales, Secretarios Administrativos de Corte y personal auxiliar y administrativo del Poder Judicial.

Artículo 29.- La Corte Suprema de Justicia dictará las disposiciones pertinentes para que, en el plazo de sesenta días, se realice en la propia Corte Suprema y en cada uno de los Distritos Judiciales de la República el proceso a que se refiere el artículo anterior.

Artículo 3V Deróganse o modificanse, según el caso, las disposiciones que se opongan a lo dispuesto en el presente Decreto Ley.

Articulo 49.- El presente Decreto Ley entrará en vigencia el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima a los veintiocho días del mes de octubre de mil novecientos noventidos.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI

Presidente Constitucional de la República

OSCAR DE LA PUENTE RAYGADA j

Presidente del Consejo de Ministros y Ministro

de Relaciones Exteriores

CARLOS BOLOÑA BEHR

Ministro de Economía y Finanzas

JUAN BRIONES DA VI LA

Ministro del Interior, encargado de la Cartera de

Defensa

ABSALON VASQUEZ VILLANUEVA

Ministro de Agricultura, encargado de la Cartera de Salud

JORGE CAMET DICKMANN

Ministro de Industria, Comercio Interior, Turismo e Integración

DANIEL IIOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energía y Minas

AUGUSTO ANTON!OLI VASQUEZ Ministro de Trabajo y Promoción Social

ALFREDO ROSS ANTEZANA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción

JAIME SOBERO TAIRA Ministro de Pesquería

ALBERTO VARILLAS MONTENEGRO Ministro de Educación

MANUEL VARA OCHOA Ministro de la Presidencia

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Lima, 28 de oclubre de 1992.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República

OSCAR DE LA PUENTE RAYGADA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores

FERNANDO VEGA SANTA GADEA Ministro de Justicia

FERNANDO VEGA SANTA GADEA Ministro de Justicia



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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