Ley Nº 25809

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 25809

Aprueban el Convenio sobre Incentivos para las Inversiones del Overseas Prívate Investment Corporation (OPIC) entre los Gobiernos del Perú y de los Estados Unidos de América

DECRETO LEY N* 25809 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:

El Gobierno de Emergencia y Reconstrucción Nacional;

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto Ley siguiente:

Artículo 1*.- Apruébase el Convenio sobre Incentivos para las Inversiones del Overseas Prívate Investment Corporation (OPIC) entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de los Estados Unidos de América.

Artículo 2*.- Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas a suscribir en representación del Gobierno Peruano el Convenio a que se refiere el Articulo 1 del prei^nte Decreto Ley.

Artículo 9^.- El pueoente Decreto Ley entrará en vigencia el día de su j blicación en el Diario Oficial

"El Peruano"

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de octubre de mil novecientos noventidós.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI

Presidente Constitucional de la República

OSCAR DE LA PUENTE RAYGADA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores

CARLOS BOLOÑA BEHR

Ministro de Economía y Finanzas

JUAN BRIONES DAVILA Ministro del Interior,

Encargado de la Cartera de Defensa

FERNANDO VEGA SANTA GADEA Ministro de Justicia

ABSALON VASQUEZ VILLANUEVA Ministro de Agricultura,

Encargado de la Cortera de Salud

JORGE CAMET DICKMANN Ministro de Industria, Comercio Interior, Turismo e Integración

DANIEL HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energía y Minas

AUGUSTO ANTONIOLI VASQUEZ Ministro de Trabajo y Promoción Social

ALFREDO ROSS ANTEZANA

Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vi

vienda y Construcción

JAIME SOBERO TAIRA Ministro de Pesquería

ALBERTO VARILLAS MONTENEGRO Ministro de Educación

MANUEL VARA OCHOA Ministro de la Presidencia

POR TANTO:

Mando se publique y himpla.

Lima, 28 de octubre de 1992

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República

OSCAR DE LA PUENTE RAYGADA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores

CARLOS BOLOÑA BEHR Ministro de Economía y Finanzas



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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