Ley Nº 25736

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 25736

DECRETO LEY

Disponen el refinanciamiento de las deudas que tuvieran pendientes las Líneas Aéreas Nacionales y Regionales, conforme al D.S. N9 0Q9-92-TC

DECRETO LEY N9 25736 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:

El Gobierno de Emergencia y Reconstrucción Nacional;

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto Ley siguiente:

Artículo l9.- Derógnnse los Artículos 5° y 69 de lo Ley N9 15595, así como la Sexta Disposición Transitoria de la-Ley N9 24882, que quedaron en suspenso r aplicación del Artículo 10° del Decreto Supremo 099-90-PCM, de fecha 8 de agosto de 1990. Artículo 29.- Las Tarifas por los servicios que presta ln Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial -CORPAC- se fijarán conforme a lo dispuesto en el Artículo 18° del Decreto Legislativo N° 99, Ley Orgánica de CORPAC.

Artículo 3 Las deudas acumuladas hasta la fecha de promulgación del presente Decreto Ley, míe tuvieran pendientes las diversas Líneas Aéreas Nacionales y Regionales, serán refinanciadas conforme a las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo N3 009-92-TC, de fecha 4 de marzo de 1992.

Artículo ir.- El presente Decreto Ley entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficio! "El Peruano”.

Dado en la Caso de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de setiembre de mil novecientos noventidós.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República

OSCAR DE LA PUENTE RAYO ADA

Presidente del Consejo do Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores

VICTOR MALCA VTLLANUEVA Ministro de Defensa

JUAN I3RIONES DAVILA Ministro del Interior

FERNANDO VEGA SANTA GADEA Ministro de Justicia

ABSAI,ON VASQUEZ VILLANUEVA

Ministro do Agricultura,

Encargado de la Cartera de Salud

JORGE CAMET DICKMANN

Ministro de Industria, Comercio Interior, Turismo

e Integración,

Encargado de la Cartera de Economía y Finanzas

DANIEL H O RAMA TOKjVSHIKY

Ministro de Energía y Minas

AUGUSTO ANTONIOLI VASQUEZ Ministro de Trabajo y Promoción Social

ALFREDO ROSS ANTEZANA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción

JAIME SOLERO TAIRA Ministro de Pesquería

JORGE LAU KONG Ministro de la Presidencia

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Lima, 21 de setiembre de 1992 ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI

Presidente Constitucional de ln República

OSCAR DE LA PUENTE RAYGADA

Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores

ALFREDO ROSS ANTEZANA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción

ALBERTO VARILLAS MONTENEGRO Ministro de Educación



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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