Tipo de Norma: Ley
Número: 25650
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25650DECRETO I.EY
Crean el Fondo de Apoyo Gerenclal al Sector Público
DECRETO LEY N» 268S0
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EL PRESIDENTE DE IA REPUBLICA POR CUANTOt
El Gobierno da Emergencia y Reconetruc Nacional;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros
Ha dado el Decreto Lay siguiente:
Artículo l*.- Créase el Fondo de Apoyo Gerenclal al Sector Público destinado a compensar adecuada
{nenie él asesoramiento calificado que so brinde a as diferentes reparticiones del Estarlo.
Dicho Fondo estará administrado y fiscalizad! por el Titular del Pliego Ministerio de Economía ) Finanzas.
Articule 2*.- Constituyen recursos financieros del Fondo de Apoyo Gerenclal al Sector Público los recursos provenientes de donaciones y aquellos que destine el Tesoro para este fin.
Articulo $*.- El Fondo do Apovo Gerenclal al Sec tor Público permitirá financiar los gastos de perso nal que preBte servicios técnicos y profesionales alta mente calificados de carácter temporal. PJcho perso-nal no debe tener ningún vínculo laboral con alguna entidad del Estado, estar con licencia o en uso de vacaciones.
Artíoulo 4*.- El Ministerio jle Economía y Finanzas, mediante Resolución Ministerial, dictará las disposiciones necesarias para una adecuada aplicación de lo dispuesto por el presente Decreto Ley.
Artíoulo q*.- Derógase o déjase en suspenso, so-gún el caBo, las disposiciones que se opongan al presento Decreto Lev.
Artículo B*.- El presenta Decreto Ley entrará en vigencia al día siguiente do su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”
Dado en la Casa do Gobierno, en Lima, a los veinticuatro días del mes de julio de mil novecientos noventidós.
ALFREDO HOSS ANTE ZANA Ministro do Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción
JAIME SOBERO TAIRA Ministro de Pesquería
ALBERTO VARILLAS MONTENEGRO Ministro de Educación
JORGE LAU KONG
Ministro do lu Presidencia
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Lima, 24 de julio de 1092
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Preaidento Constitucional de la República
OSCAR DE LA PUENTE RAYGADA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro da Relaciones Exteriores
CARLOS BOLOÑA BEIIR Ministro de Economía y Finanzas
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de lo Ropúbllca
OSCAR DE LA PUENTE RAYGADA
Presidente del Consejo do Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores
VICTOR MALCA VJLIANUEVA Ministro de Defensa
CARLOS «CLONA I3EIIR Minibtro de Economía y Finanzas
JUAN BRIONES DAVIIA
Ministro del Interior
FERNANDO VEGA SANTA GADEA Ministro de Justicia
VICTOR PAREDES GUERRA
Ministre de Salud
ABSALON VASQUEZ VILLANUEV4 Ministro de Agricultura
JORGE CAMET DICKMANN Ministro de Industria, Comercio Interior, Turismo e Integración
JAIME YOSHIYAMA TANAKA Ministro do Energía y Minas
AUGUSTO ANTONIOLIVASOUEZ Ministro de Trabajo y Promoción Social
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.