Ley Nº 2563

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Tipo de Norma: Ley

Número: 2563


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 02563

Votando partida para las

reparaciones

del local que ocupan

la Corte Superior y los juzgados de primera instancia de la ciudad de Cajamarca

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para que disponga lo necesario á su cumplimiento.

Dada en la sala de sesiones del^ Con-crreso, en Lima,á los diez y siete días del ^eS de noviembre de mil novecientos

diez y siete.

T. C. Bernales, Presidente del Sena-__Juan Pardo, Diputado Presidente. _i. R. Lanatta, Senador Secretario.— r. Pérez Velázquez, Diputado Pro-Secretario.

Al Señor Presidente de la República.

El Congreso de la República Peruana-

Ha dado la le}" siguiente:

Artículo l9—Consígnese en el Presü' puesto General de la República para el

año próximo una partida de quinientas libras peruanas de oro, destinada á practicar las reparaciones más urgentes en el local que ocupan la Corte Superior y los juzgados de primera instancia de la ciudad de Cajamarca y á proveerlo de los servicios de agua y desagüe y de los muebles y enseres que sean indispensables para el funcionamiento de las mencionadas oficinas.

por tanto: mando se imprima, publique y circule, y se le dé el debido cumplimiento.

Dado en la casa de Gobierno, en Lima, á los veinte y tres días del mes de noviembre de mil novecientos diez y

siete.

José Pardo.

R. L- Flórez.

Artículo 29—Destínase el departamen-alto de dicho inmueble al servicio ex-

^sívo de las oficinas á que se hace refe-C acia en el artículo 19, debiendo encarársela Corte Superior de ese distrito wlicial de efectuar las instalaciones respetivas, dedicando la parte del local Í*L sea necesaria para la oficina de Registro de la Propiedad Inmueble.

Artículo 39—La aplicación de la partida á que la presente ley se contrae se llevará á cabo por el Tribunal Superior ¿e Cajamarca.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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