Ley Nº 25560

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Número: 25560


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 25560

Las Acciones de Amparo Iniciadas antes de la entrada en vigencia del Decreto Ley N® 25545, qusdan Incluidas en dicho dispositivo.

JECRETO LEY N* SSSflO EL prasiDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:

El Gobierno de Emergencia y Reconstrucción Nadonai

Con el voto aprobatorio del Consejo de Minfa-

tros;

Hr, dado el Decreto Ley siguiente:

Artículo IV El Decreto Ley N° 25545 entrará en vigencia al día siguiente déla publicación del presevite Decreto Ley.

Artículo JV Las acciones de amparo referidas en ¿il Artículo 2° del Decreto Ley N* 25545 que se hubieran iniciado antes de la entrada en vigencia de) indicado Decreto Ley, quedan incluidas en dicho

dispositivo. _

Artículo 9V El presente Decreto Ley entrara eii vigencia al día siguiente de iu publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a loe diecisiete días del mes de junio de mil novecientos noventidós.

ALBERTO FUJIMORI F JJIMORI

Presidente Constitudonc I de la República

JORGE CAMET DICKMANN Ministro de Industria, Comercio Interior, Turismo e Integración

ALFREDO ROSS ANTEZANA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción

JAIME SOBERO TAIRA Ministro de Pesquería

JAIME YOSHIYAMA TAÑARA Ministro de Energía y Minas

JORGE LAU KONG Ministro de la Presidencia

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Lima, 17 de junio dé 1092

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República

OSCAR DE LA PUENTE RAYGADA

Presidente de) Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores

FERNANDO VEGA SANTA GADEA Ministro de Justicia

Encargado de la Cartera de Trabajo y Promoción Social y de Educación

JAIME YOSHIYAMA TAÑARA

Ministro de Energía y Minas

OSCAR DE LA PUENTI RAYGADA

Presidente del Consejo d $ Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores

VICTOR MALCA VILL/ MUEVA Ministro de Defensa

CARLOS BOLOÑA BEIÍR Ministro de Economía y Finanzas

JUAN BRIONE8 DAV1LA Ministro del Interior

FERNANDO VEGA SANTA GADEA Ministro de Justicia . _ . . _

Encargado de la Cartera de Trabajo y Promo ción Serial y de Educación

ABSALON VASQUEZ VILLANUEVA Ministro de Agricultura Encargado de la Cartera de Salud



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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