Ley Nº 25558

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 25558

Dejan en suspenso las convocatorias a elecciones efectuadas por DD.SS. Nss. 044 y 045-92-PCM

DECRETO LEY N* SE68 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:

El Gobierno de Emergencia y Reconstrucción Nacional

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto Ley siguiente:

Artículo 1*.- Habiéndose convocado por Decreto Ley N® 26657 a elocciones para representantes al Congreso Constituyente Democrático, déjanse en suspenso las convocatorias a elecciones efectuadas

Sor Decreto Supremo N® 044-92-PCM y por Decreto upremo N® 046-92-PCM.

Artículo 2a,- Para los efectos de lo dispuesto en el artículo anterior, no regirán las disposiciones de la Ley N® 14669 v demás normas aplicables a los procesos electorales Municipales y Regionales.

Artículo 3a.- Por Decreto Supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, se convocará a los procesos electorales que se difieren por el presente Decreto Ley.

Artículo 4a.* El presente Decreto Ley entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de junio de mil novecientos noventidós.

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República

OSCAR DE LA PUENTE RAYGADA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores

VICTOR MALCA VILLANUEVA Ministro de Defensc.

CARLOS BOLOÑA BEHR

Ministro de Economía y Finanzas

JUAN BRIONES DA VI LA Ministro del Interior

FERNANDO VEGA SANTA GÁDEA Ministro de Justicia

Encargado de la Cartera de Trabajo y Promoción Social y de Educación

ABSALON VASQUEZ VILLANUEVA Ministro de Agricultura Encargado de la Cartera de Salud

JORGE CAMET DICKMANN _

Ministro de Industria, Comercio Interior, Turismo e Integración

ALFREDO ROSS ANTEZANA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vi vienda y Construcción

JAIME SOBERO TAIRA Ministro de Pesquería

JAIME YOSHIYAMA TAÑARA Ministro de Energía y Mines

JORGE LAU KONG Ministro de la Presidencia

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Lima, 17 de junio de 1992

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República

OSCAR DE LA PUENTE RAYGADA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores

JUAN BRIONES DAVILA Ministro del Interior



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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