Ley Nº 25424

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Número: 25424


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 25424

Cesan a los miembros del Consejo Nacional de la Magistratura, así como a los miembros de los Consejos Distritales de la Magistratura a Nivel Nacional

DISCRETO LEY N* 25424

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:

El Gobierno de Emergencia y Reconstrucción Nacional

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros Ha dado el Decreto Ley siguiente;

Artículo Unico.» Cesar, a partir do la fecha, a los miembros del Conseio Nacional de la Magistf atu-ra, así como a los miembros de los Consejos Distritales de la Magistratura a Nivel Nacional de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley N° 25418,

ael Gobierno de

recreto Ley Emergencii

Ley de Bases trucción Nacional.

a y Recons.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los

ocho días del mes de abril de tidós.

di novecientos noven-

ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI

Presidente Constitucional de la República.

OSCAR DE LA PUENTE RAYGADA

Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Vivienda y Construcción,

AUGUSTO BLACKER MILLER

Ministro de Relaciones Exteriores.

VICTOR MALCA VILLANUEVA General de División EP.

Ministro de Defensa.

CARLOS BOLOÑA BEHR Ministro dé Economía y Finanzas

JUAN BRIONES DAVILA

General de División EP.

Ministro del Interior.

FERNANDO VEGA SANTA GADEA Ministro de Justicia.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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