Tipo de Norma: Ley
Número: 25170
documento PDF
25170Modifican la denominación de la Sección Novena del Libro Segundo del Código Penal
LEI No. 25170
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
EL CONGRESO HA DADO LA LEY SIGUIENTE
El Congreso de la República del Perú;
Ha dado la ley siguiente:
Artículo 1 — Modifícase la denominación de la Sección Novena, del Libro Segundo del Código Penal, por la siguiente:
“SECCION NOVENA'*
“DELITOS CONTRA EL ESTADO, IA DEFENSA NACIONAL Y LOS SIMBOLOS DE LA PATRIA’*
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de enero de mil novecientos noventa,
ALAN GARCIA PEREZ, Presidente Constitucional de la República
MARIA ANGELICA BOCKOS DE GRILLO, Ministra de Justicia
Articulo 2 — Adiciónase a la Sección Novena del Código Penal, un Título, cuya numeración y cuyo artículo serán los siguientes:
“TITULO III**
‘DELITOS CONTRA LOS SIMBOLOS Y VALORES
DE LA PATRIA’*
Articulo SOPA.-— El que públicamente o mediante cualquier medio de difusión, ofendiere, ultrajare, vilipendiare o menospreciare, por obra o por expresión verbal, el Himno, la Bandera, el Escudo Nacional, o la memoria de los próceres o héroes que nuestra historia consagra, comete delito contra los Símbolos de la Patria, y será reprimido con prisión no mayor de dos (2) años.
Artículo 3 — La presente ley entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial “El Peruano”.
Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los veintiún días del mes de diciembre de mil novecientos ochen-tainueve.
HUMBERTO CARRANZA PIEDRA, Presidente
del Senado
LUIS ALVARADO CONTRERAS, Primer Vicepresidente de la Cámara de Diputados
COSTA, Senador Pro-
LASTENIO MORAL! Secretario
JORGE SANCHEZ FARFAN, Diputado Primer Secretario
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL OE LA REPUBLICA
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.